/ Revistas / Revista Española de Derecho Deportivo / Revista Española de Derecho Deportivo 41 (01/2018)

El concepto de deporte desde una perspectiva tributaria

A propósito de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 26 de octubre de 2017, sobre IVA y el bridge en el Reino Unido


Artículo publicado en: Revista Española de Derecho Deportivo 41 (01/2018)


El concepto de deporte desde una perspectiva tributaria

El concepto de deporte desde una perspectiva tributaria

A propósito de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 26 de octubre de 2017, sobre IVA y el bridge en el Reino Unido


Artículo publicado en: Revista Española de Derecho Deportivo 41 (01/2018)


Autoría:

PDF

11,50€

Los criterios para el reconocimiento de una actividad deportiva como deporte son diferentes desde un punto de vista técnico-deportivo y jurídico. De manera añadida, los Estados y el movimiento deportivo operan de manera independiente, aplicando diferentes requisitos. Esta fragmentariedad genera curiosas controversias, que en ocasiones son resueltas por órganos administrativos o jurisdiccionales que nada tienen que ver con la materia. En el caso que nos ocupa, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea interpreta el concepto de deporte para resolver la aplicabilidad de una exoneración del Impuesto sobre el Valor Añadido en el Reino Unido, referida al bridge.

I. Una aproximación al reconocimiento de las modalidades deportivas. 

II. En particular, el caso del bridge. 

III. El bridge a efectos tributarios; en especial, la exoneración del IVA basada en su condición de modalidad deportiva: 

A. El caso español: actividad recreativa, no deportiva, a efectos tributarios. 

B. La reciente decisión comunitaria, sobre un supuesto británico: no procede la exención tributaria por no ser deporte. 

IV. Conclusiones. 

V. Bibliografía.