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Del cuidado familiar como derecho humano, a su potección a través de incentivos sucesorios


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 4/2023


Del cuidado familiar como derecho humano, a su potección a través de incentivos sucesorios

Del cuidado familiar como derecho humano, a su potección a través de incentivos sucesorios


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 4/2023


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El envejecimiento poblacional en Cuba es una realidad ya palpable que ha provocado una transición demográfica acelerada. En la medida en que el número de personas envejece, a lo cual se suma también un número de personas en situación de discapacidad, que no deja de ser significativo, se hace necesario proveer una red de apoyos y cuidados, en los cuales los de naturaleza familiar desempeñan el más importante papel desde la consideración del cuidado como un derecho humano. Se impone entonces incentivar el cuidado familiar durante el ciclo de la vida, pero sin dejar de perder de vista la sobrecarga física y emocional que ello supone para esos cuidadores, en su gran mayoría mujeres mayores de 40 años, que renuncian a sus capacidades productivas y a su propio proyecto de vida para entregarse con esmero al cuidado de sus familiares. El Derecho de sucesiones puede ofrecer alternativas como una respuesta del Derecho frente a la denominada «crisis del cuidado», devenidas incentivos para ellos, de modo que hay que repensar su prístina concepción, a los efectos de lograr una distribución más justa y equitativa del patrimonio hereditario de la persona que ha recibido los cuidados, con una mirada desde la perspectiva de género y desde la necesaria sostenibilidad de la vida humana.

I. El derecho humano al cuidado en su triple dimensión (cuidador, cuidado y autocuidado).– II. Los cuidados en el entorno familiar.– III. Los cuidados a largo plazo y su regulación en el Código de las familias cubano.– IV. Incentivos sucesorios al cuidado familiar. 1. Atribución preferencial ab intestato.– 2. La fórmula empleada en la reforma al Código civil cubano de 1987: A) Presupuestos para que opere.– B) Naturaleza del incentivo sucesorio.– C) Acreditación instrumental.– V. A modo de epítome.


Description

Population aging in Cuba is an already tangible reality that has caused an accelerated demographic transition. To the extent that the number of people ages, to which is also added a number of people with disabilities, which is still significant, it becomes necessary to provide a support and care network, in which those of a nature family play the most important role from the consideration of care as a human right. It is therefore necessary to encourage family care throughout the life cycle, but without losing sight of the physical and emotional overload that this entails for those caregivers, the vast majority of whom are women over 40, who give up their productive capacities and their own life project to give themselves carefully to the care of their relatives. Inheritance Law can offer alternatives as a legal response to the so-called «care crisis», becoming incentives for them, so that its pristine conception must be rethought, in order to achieve a fairer and more equitable distribution of assets. hereditary of the person who has received care, with a look from the perspective of gender and from the necessary sustainability of human life.


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