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La mediación a debate en Europa

¿Hacia la voluntariedad mitigada?


Artículo publicado en: Anuario de mediación y solución de conflictos 2015


Anuario de mediación y solución de conflictos

La mediación a debate en Europa

¿Hacia la voluntariedad mitigada?


Artículo publicado en: Anuario de mediación y solución de conflictos 2015


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La Unión Europea apoya y fomenta la mediación como un instrumento eficiente y económico para prevenir y resolver conflictos, sin embargo, los resultados no son satisfactorios. Por este motivo, algunas voces están proponiendo un proceso de mediación obligatoria como requisito de procedibilidad antes de acudir a los tribunales. Esta propuesta se opone frontalmente de nuestro principio legal de voluntariedad. El actual marco legal de la mediación en España implica que ninguna mediación puede ser obligatoria para las partes. En todo caso, nuestro modelo de mediación no ha tenido el éxito esperado y habrá que buscar un sistema equilibrado. Se debe considerar, de manera prudente, la necesidad de explorar las posibilidades y ventajas de derivar a las partes a una sesión informativa de mediación previa antes de acudir a los tribunales. Esta posibilidad es la que se denomina como “voluntariedad mitigada”.

  • Eduardo Vázquez de Castro

    Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Cantabria

    Eduardo Vázquez de Castro es Profesor de Derecho Civil de la Universidad de Cantabria, Co-director del Anuario de Mediación y Solución de Conflictos, miembro del Instituto Complutense de Mediación y Gestión de Conflictos, y Director ...

  • Leticia García Villaluenga

    Profesora titular de Derecho civil en la Universidad Complutense de Madrid

    Leticia Garcia Villaluenga es Doctora en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Premio extraordinario de Doctorado, con la tesis sobre mediación familiar. Es Profesora Titular de Derecho Civil de la UCM. Es Directora ...

Description

The European Union supports the promotion of mediation as an efficient and cost-effective instrument for conflict prevention and resolution but, however, the results are not satisfactory. For this reason, some people propose submitting disputes to a compulsory mediation process prior to submitting the conflict to justice. This is just the opposite of our main mediation legal principle, built on the basis of the voluntariness. The current framework regarding mediation in Spain implies that any mediation is non-binding on the parties. Anyway, our mediation model has not, unfortunately, been as successful as had been expected; so, a balance has to be struck. Careful consideration needs to be given about the possibilities and advantages of referring the parties to a mandatory informative mediation session prior to, or at the same time as the trial. This scheme is the called “mitigated voluntary”.


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