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Compliance y mediación

Generando sinergias entre dos instituciones en auge


Artículo publicado en: Anuario de mediación y solución de conflictos 2019-2020


Anuario de mediación y solución de conflictos

Compliance y mediación

Generando sinergias entre dos instituciones en auge


Artículo publicado en: Anuario de mediación y solución de conflictos 2019-2020


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La mediación y el compliance son figuras que guardan muchas analogías o paralelismos, aunque se refieran a cuestiones que, en principio, parecería que no tienen nada que ver entre sí. No obstante, si nos detenemos en el estudio de las funciones y aplicación de los mecanismos que componen ambas categorías técnicas, podemos comprobar que se complementan de manera idónea en multitud de supuestos. Por la índole de este Anuario, todo lector está, de sobra, familiarizado con la mediación, pero no con el compliance. Por este motivo, se requiere dar unas pinceladas sobre las implicaciones del compliance y su paulatina incorporación en nuestra realidad jurídico-económica para mostrar la potencialidad de combinarlo con la mediación y otros sistemas de resolución alternativa de disputas (RAD).

  • Leticia García Villaluenga

    Profesora titular de Derecho civil en la Universidad Complutense de Madrid

    Leticia Garcia Villaluenga es Doctora en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Premio extraordinario de Doctorado, con la tesis sobre mediación familiar. Es Profesora Titular de Derecho Civil de la UCM. Es Directora ...

  • Eduardo Vázquez de Castro

    Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Cantabria

    Eduardo Vázquez de Castro es Profesor de Derecho Civil de la Universidad de Cantabria, Co-director del Anuario de Mediación y Solución de Conflictos, miembro del Instituto Complutense de Mediación y Gestión de Conflictos, y Director ...

Description

Mediation and compliance are figures that keep many analogies or similarities, even if they refer to issues that, at first glance, seem to have nothing to do with each other. However, if we look at the functions and application of the mechanisms that make up both technical categories, we can see that they complement each other appropriately in many cases. By the nature of this journal, every reader is, by far, familiar with mediation, but not with compliance. For this reason, it is necessary to outline the implications of compliance and its gradual incorporation into our legal-economic reality to show the potential to combine it with mediation and other ADR systems.


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