Administradores, directivos, entidades deportivas y compliance penal
Artículo publicado en: Revista Española de Derecho Deportivo 40 (02/2017)
- Artículo publicado en: Revista Española de Derecho Deportivo
- Numero: 40 (02/2017)
- Fecha: 2017-10-17
- ISSN: 1132-9688
- Páginas: 22 (95 - 116)
- Idioma: español (castellano)
- Editorial: Editorial Reus
- Palabras Clave:
administrador,
directivos,
entidad deportiva,
oficial de cumplimiento,
personas jurídicas,
programas de cumplimiento,
responsabilidad penal de las personas jurídicas
- DOI: https://doi.org/10.30462/REDP-2017-02-04-612
Administradores, directivos, entidades deportivas y compliance penal
Artículo publicado en: Revista Española de Derecho Deportivo 40 (02/2017)
Autoría: Rosario de Vicente Martínez
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Para poner fin a las malas y corruptas prácticas corporativas, el Código penal ha pasado del brocado societas delinquere non potest al término inglés compliance programs, cuya correcta interpretación puede atenuar e incluso excluir la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Las entidades deportivas, como cualquier otra empresa, son personas jurídicas a los efectos del Derecho penal y como tales pueden ser sujetos de responsabilidad penal.
I. Introducción.
II. Responsabilidad penal de las entidades deportivas por hechos cometidos por sus administradores y directivos.
III. Delitos que pueden cometer y sanciones que se pueden imponer a las entidades deportivas como personas jurídicas:
A. Delitos.
B. Sanciones.
IV. Compliance penal y entidades deportivas:
A. Planteamiento.
B. Programas de cumplimiento: contenido mínimo.
C. Exención y atenuación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
V. Compliance penal y el fútbol español.