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El concepto de animal doméstico y de compañía en la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, sobre el régimen jurídico de los animales


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2026


El concepto de animal doméstico y de compañía en la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, sobre el régimen jurídico de los animales

El concepto de animal doméstico y de compañía en la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, sobre el régimen jurídico de los animales


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2026


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La Ley 17/2021, de 15 de diciembre, modificó el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con el régimen jurídico de los animales. La referida ley, en cambio, no define qué es un animal doméstico o de compañía, una cuestión esencial a fin de dar respuesta a interrogantes tales como si puede ser objeto de prenda o de embargo, si se puede extender la hipoteca sobre los mismos o si en una sentencia de nulidad, separación o divorcio se ha de determinar su destino.

I. Introducción.– II. Animales salvajes, domésticos y domesticados.– III. Los animales de compañía en el ordenamiento jurídico español: 1. Los intentos previos de definir al animal de compañía.– 2. Caracteres que hacen al animal de compañía: su finalidad.– 3. El animal de compañía como animal doméstico —o no—.– IV. Conclusión.– V. Bibliografía.


Description

Law 17/2021, of December 15, amended the Civil Code, the Mortgage Law, and the Civil Procedure Law in relation to the legal regime governing animals. However, the aforementioned law does not define what a domestic or companion animal is, an essential issue in order to answer questions such as whether it can be pledged or seized, whether a mortgage can be extended to cover it, or whether its fate must be determined in a judgment of annulment, separation, or divorce.