/ Revistas / Revista de Derecho Privado / Revista de Derecho Privado 05/2008

¿Refundir o legislar?

Algunos problemas de la regulación de la responsabilidad por productos y servicios defectuosos en el texto refundido de la LGDCU


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 05/2008


Revista de Derecho Privado

¿Refundir o legislar?

Algunos problemas de la regulación de la responsabilidad por productos y servicios defectuosos en el texto refundido de la LGDCU


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 05/2008


Autoría: ,

PDF

5,00€

El día 1 de diciembre de 2007 entró en vigor el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre). El texto es fruto de la habilitación contenida en la Disposición Final 5.a de la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios. Una de las normas refundidas en el nuevo texto es la anterior Ley 22/1994, que implementaba al derecho español la Directiva 85/374/CEE, de responsabilidad civil por productos defectuosos. La incorporación de esta ley en el Texto Refundido plantea diversos problemas. En primer lugar, porque ?como señalaba la Exposición de Motivos de la propia Directiva y ha reiterado el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas? la Directiva de productos defectuosos no es una «directiva de consumidores». En segundo lugar, porque el refundidor ha aprovechado para unificar la regulación de los productos y de los servicios defectuosos. Esta unificación se ha llevado a cabo mediante la extensión a los servicios de normas de normas fundamentalmente pensadas para los productos, lo cual crea distorsiones y contradicciones importantes.

I. EL NUEVO MARCO NORMATIVO DE LA RESPONSABILIDAD DEL FABRICANTE POR PRODUCTOS DEFECTUOSOS: EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL PARA LA DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS.

1. Introducción.

2. ¿Se ha excedido el Gobierno al cumplir el mandato de refundición en materia de productos y servicios?

3. Las definiciones contenidas en los artículos 3 a 7 del TRLGDCU: Omnis definitio in lege periculosa est.

II. PROBLEMAS CREADOS POR LA INTRODUCCIÓN DE REGLAS COMUNES A PRODUCTOS Y SERVICIOS.

1. La estructura del Libro Tercero del TRLGDCU.

2. La mezcla de aspectos y reglas contractuales y extracontractuales en las disposiciones comunes a productos y servicios.

3. El ámbito de protección del Art. 129.1 TRLGDCU. El dislate de la Ley en relación con los servicios.

3.1. No se puede causar un daño material a los «servicios».

3.2. La exclusión de los llamados «daños patrimoniales puros» del ámbito de protección del Art. 129.1 TRLGDCU. Su incidencia en los servicios.

4. La inclusión del daño moral en el ámbito de protección del nuevo TRLGDCU.

5. La responsabilidad del productor y del prestador de un servicio que concurren con un tercero a causar el daño.

III. OTRAS DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DEL TRLGDCU EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD POR PRODUCTOS.

1. La distinción del gas y la electricidad como productos y como servicios.

2. La responsabilidad del «proveedor» en el TRLGDCU.

3. La franquicia de los ¿500? Euros.

IV. CONCLUSION.


Otros artículos de Josep Solé Feliú