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Pluralidad de causantes del daño y solidaridad


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 01/2008


Revista de Derecho Privado

Pluralidad de causantes del daño y solidaridad


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 01/2008


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Por regla general, el derecho español de la responsabilidad civil resuelve los supuestos de causación múltiple del daño mediante la aplicación del criterio de la solidaridad. Los tribunales españoles suelen fundamentar esta solución en la imposibilidad de identificar al concreto causante del daño o de individualizar la cuota de contribución de cada uno de los cocausantes. Sin embargo, es sabido que este criterio tiene difícil encaje con las reglas generales del Código Civil que regulan las obligaciones solidarias, las cuales parten del principio contrario a la presunción de solidaridad. Además, imponer de entrada la responsabilidad solidaria enmascara, desde el punto de vista de la responsabilidad extracontractual, dos cuestiones dogmáticamente distintas. La primera se refiere a la determinación del nexo causal. La segunda tiene que ver con la determinación del régimen de responsabilidad entre los corresponsables del daño, cuestión que sólo es posible afrontar una vez resuelta la primera en sentido afirmativo. Este artículo trata de forma separada ambos aspectos. Así, estudia en primer lugar los supuestos de causación múltiple del daño y las soluciones adoptadas por los diversos ordenamientos jurídicos en relación con la indeterminación o la falta de individualización del nexo causal. En segundo lugar, el artículo analiza los principales criterios utilizados en el derecho comparado para imponer la solidaridad entre los causantes múltiples del daño.

I. DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA.

II. LOS CRITERIOS DE DETERMINACIÓN DEL NEXO CAUSAL EN LOS CASOS DE PLURALIDAD DE CAUSANTES DEL DAÑO.

1. La coautoría.

2. Causalidad concurrente.

3. Causalidad hipotética.

4. Causalidad adicional.

5. Causalidad alternativa. El caso del miembro indeterminado de un grupo.

A) Planteamientos de la cuestión.

B) Los diversos criterios de solución.

III. EL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD ENTRE LOS DIVERSOS CORRESPONSABLES.

1. La responsabilidad solidaria como regla dominante y los criterios sobre los que se fundamenta.

A) Las dificultades para dividir el nexo causal.

B) La teoría del «único daño» o «del mismo daño» (the single, or indivisible, or the same damage) como fundamento para la solidaridad.

C) El argumento de la protección de la víctima.

2. La responsabilidad de los causantes múltiples del daño en el Derecho español de la responsabilidad civil.

3. Criterios conducentes a la solidaridad entre causantes múltiples de un daño.

A) La coartada como criterio fundamental de solidaridad.

B) Solidaridad basada en la imposibilidad de identificar los cursos causales independientes causantes del daño, o de individualizar la parte del daño que ha causado cada uno.

C) La responsabilidad por hecho ajeno.