/ Revistas / Revista de Derecho Privado / Revista de Derecho Privado 06/2017

Desheredación de los hijos y descendientes

Especial consideración del abandono emocional y de la ausencia de relación familiar


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 06/2017


Desheredación de los hijos y descendientes

Desheredación de los hijos y descendientes

Especial consideración del abandono emocional y de la ausencia de relación familiar


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 06/2017


Autoría:

PDF

14,00€

En la actualidad, el abandono emocional, en cuanto constitutivo de maltrato psicológico, se contempla como una forma de maltrato de obra que no se limita a los estrechos cauces de la agresión física, y, por tanto, se considera causa de desheredación de hijos y descendientes. Ahora bien, mientras se mantenga el sistema actual de legítimas, la acreditación de la ausencia de relación familiar, siempre que concurran determinados requisitos, debería ser suficiente para su admisión como causa autónoma de desheredación, sin necesidad de tener que reconducirla, como sucede en el presente, al maltrato psicológico. La legítima no puede entenderse como un derecho legal por razón de parentesco al margen de la realidad familiar y, por tanto, de si existen o no relaciones de afecto y colaboración que justifiquen determinadas atribuciones sucesorias.

I. Introducción. 

II. La desheredación de los hijos y descendientes: 

1. El maltrato de obra y las injurias. Consideraciones comunes.

2. Las injurias graves en particular.

3. El maltrato de obra en particular. Especial consideración del abandono emocional de los ascendientes:

A) Posición inicial del Tribunal Supremo. Su repercusión en la jurisprudencia menor.

B) Posición actual del Tribunal Supremo: 

a) Las SSTS de 3 de junio de 2014 y de 30 de enero de 2015.

b) Recepción de la última doctrina del Tribunal Supremo por las Audiencias Provinciales.

4. La ausencia de relación familiar como causa autónoma de desheredación.

5. Prueba.

III. Bibliografía.

VI. Índice jurisprudencial.