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Modificaciones sucesorias, discapacidad y otras cuestiones

Una mirada comparativa

Modificaciones sucesorias, discapacidad y otras cuestiones. 9788429026252
Ficha técnica libros: Ficha técnica e-books:
    ISBN: 978-84-290-2663-4
    Peso epub: 2.39 Mb.
    Fecha de la edición: 2022
    Edición: 1
Ficha técnica e-books:
    ISBN: 978-84-290-2625-2
    Peso pdf: 2.02 Mb.
    Fecha de la edición: 2022
    Edición: 1

Modificaciones sucesorias, discapacidad y otras cuestiones

Una mirada comparativa

Esta obra aborda varias cuestiones cruciales tras la reforma del Código Civil operada por la Ley 8/2021: el otorgamiento de testamento abierto notarial por persona con discapacidad (art. 695 CC); la reforma del art. 753 CC, esto es la prohibición de suceder del curador y del cuidador habitual; la modificación que ha sufrido la sustitución fideicomisaria sobre la legítima estricta, especialmente como consecuencia de los nuevos artículos 782, 808 y 813 CC; y la errónea e injustificada desaparición de la sustitución ejemplar, y los problemas de interpretación que se derivan de la Disposición Transitoria 4ª CC, entre otras cuestiones.

Coordina:

Autoría: Rodrigo Barcia Lehmann, Rute Teixeira Pedro, Cristina de Amunátegui Rodríguez, Rosaria Giampetraglia, Lourdes Fernández del Moral Domínguez, Jorge Ortega Doménech, María Patricia Represa Polo, Silvia Díaz Alabart

Prólogo: María Teresa Álvarez Moreno

Papel

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El lector tiene en sus manos una monografía que, desde el punto de vista del Derecho español, acomete cuatro temas cruciales derivados de la reforma del Código Civil operada por la Ley 8/2021, de 2 de junio. Silvia Díaz Alabart analiza el otorgamiento de testamento abierto notarial por persona con discapacidad, estudiando las modificaciones producidas en el art. 695 CC. Patricia Represa Polo realiza un estudio integral sobre la reforma del art. 753 CC, esto es la prohibición de suceder del curador y del cuidador habitual, que con la reforma ha ampliado tanto el ámbito de aplicación de esta prohibición testamentaria que incluye supuestos en los que el causante podría no haber tenido discapacidad alguna. Jorge Ortega Doménech se ocupa de la modificación que ha sufrido la sustitución fideicomisaria sobre la legítima estricta, especialmente como consecuencia de los nuevos artículos 782, 808 y 813 CC. Cristina de Amunátegui Rodríguez analiza la errónea e injustificada desaparición de la sustitución ejemplar, y los problemas de interpretación que se derivan de la Disposición Transitoria 4ª CC.

Desde el punto de vista del Derecho comparado y respecto al Derecho italiano, Rosaria Giampetraglia y Lourdes Fernández del Moral Domínguez analizan las repercusiones que ha tenido la Ley de 22 de junio de 2016, nº 112, conocida como la Ley dopo di noi, promulgada para permitir una protección patrimonial de las personas con discapacidad, ya sea a través del trust testamentario, al que dedica su atención Giampetraglia, o de otras posibilidades previstas en la citada ley, como la constitución de un patrimonio separado o el recurso a fondos fiduciarios, teniendo siempre en cuenta la elevada importancia en la materia del juego de la autonomía privada.

Desde el Derecho chileno, Rodrigo Barcia Lehmann analiza la difícil tensión entre la seguridad jurídica y la protección de las personas con discapacidad y el respeto de sus derechos para testar. Aun sin modificaciones recientes en este ordenamiento, el autor analiza tanto a los posibles testadores vulnerables, como las instituciones y las medidas jurídicas previstas para proteger a descendientes con discapacidad.

La última aportación, desde el derecho portugués, Rute Teixeira Pedro nos ofrece una modificación de su ordenamiento, operada por la Ley 48/2018, de 14 de agosto, que ha incorporado supuestos de pactos renunciativos entre los futuros cónyuges, de no sucederse recíprocamente.

Todas estas aportaciones permiten al lector navegar en este proceloso oleaje que constituye el derecho de sucesiones, tan necesitado de reforma, para afrontar los cambios realizados, y aquellos otros que deben ir proponiéndose y surgiendo poco a poco, para actualizar nuestros ordenamientos jurídicos y acompasarlos con la realidad del siglo XXI.

 



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