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Avances civiles en derechos humanos y libertades fundamentales para las personas con discapacidad en el proyecto de ley


Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 03/2020


Avances civiles en derechos humanos y libertades fundamentales para las personas con discapacidad en el proyecto de ley

Avances civiles en derechos humanos y libertades fundamentales para las personas con discapacidad en el proyecto de ley


Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 03/2020


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Este trabajo se centra en la modificación que se propone al Código civil en el Proyecto de Ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, que se centra en el respeto a la voluntad y las preferencias de la persona con discapacidad, basadas en la Convención internacional de las personas con discapacidad de la ONU, y que ahora encuentran algunas de ellas cabida en la reforma propuesta en el Proyecto publicada el 17 de julio de 2020 en el Boletín oficial de las Cortes Generales.

I. Evolución de las personas con discapacidad como titulares de derechos y obligaciones.

II. Marco jurídico para el ejercicio de derechos sin discriminación.

III. El ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad:

1. Novedades introducidas por la Convención.

2. Los principios establecidos por la Convención.

3. Medidas de apoyo inspiradas en el respeto a la dignidad de la persona y en la tutela de sus derechos fundamentales: Propuesta de reforma al art. 249 C.c.

IV. Novedades del proyecto: reforma a los preceptos que regulan la ley aplicable y la nacionalidad.

V. Propuesta de reforma a la disolución del matrimonio y sus efectos, así como a la filiación:

1 Propuesta de modificación a la separación, divorcio o nulidad del matrimonio cuando existan personas con discapacidad que precisen apoyos.

VI. Instituciones de apoyo a las personas con discapacidad: su regulación en el proyecto:

1. La guarda de hecho.

2. La curatela.

VII. Disposiciones sucesorias.

VIII. Conclusiones.