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Aspectos actuales del hecho de la víctima en el derecho español y rioplatense


Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 03/2009


Revista General de Legislación y Jurisprudencia

Aspectos actuales del hecho de la víctima en el derecho español y rioplatense


Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 03/2009


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La cuantificación de los daños personales no es una ciencia exacta. Los abogados suelen llamar las reclamaciones por daños personales como «daños generales» comprendiendo tanto el dolor físico como el moral. Los abogados cuantifican las reclamaciones por lesiones personales por referencia a determinadas circunstancias, una de las cuales es la posible incidencia de la conducta de la propia víctima. Hay casos en que el hecho de la víctima rompe por completo la cadena de causalidad, hasta el punto que puede decirse que el daño es causado por la propia víctima. Si la persona lesionada actúa irracionalmente, este comportamiento es relevante: la cadena de causalidad se considera rota y las lesiones se considerarán causadas por el comportamiento del demandante y no por culpa del demandado. uno de ellos de parciales (ignoran algún aspecto relevante de la realidad del Derecho).

1. Introducción.

2. El hecho de la víctima en el marco del nexo de causalidad.

3. La nueva perspectiva impuesta por el principio proteccionista.

4. La exigencia de dolo o culpa inexcusable de la víctima.

5. La exigencia del requisito de imprevisibilidad e irresistibilidad.

6. Alcance técnico de la expresión «culpa». ¿Culpa o hecho de la víctima?

7. Conducta de la víctima y del ofensor. Apreciación in concreto e in abstracto. El caso de las víctimas especiales.

8. Niños y adolescentes.

9. Ancianos y enfermos.

10. Intento de sistematización.

11. Conclusión.