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¿Estarían legitimadas Comisiones Obreras y Unión General de trabajadores para negociar el convenio colectivo del fútbol profesional?


Artículo publicado en: Revista Española de Derecho Deportivo 31 (01/2013)


Revista Española de Derecho Deportivo

¿Estarían legitimadas Comisiones Obreras y Unión General de trabajadores para negociar el convenio colectivo del fútbol profesional?


Artículo publicado en: Revista Española de Derecho Deportivo 31 (01/2013)


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El recientemente promulgado Real Decreto-ley 7/2011, de medidas urgentes en materia de negociación colectiva, suscita diversas cuestiones problemáticas, que afectan al núcleo mismo del Derecho de la negociación colectiva. Una de estas cuestiones se refiere a la nueva legitimación otorgada a los sindicatos más representativos, para negociar convenios colectivos en sectores donde no existen representantes legales o unitarios de los trabajadores. El tema interesará y preocupará de seguro a la Liga Nacional de Fútbol Profesional y a la Asociación de Futbolistas Españoles, por tratarse de organizaciones actuantes precisamente en un sector donde no existen dichos representantes.

I. El nuevo párrafo segundo del apartado 2 del artículo 88 del Estatuto de los Trabajadores.

II. Los sectores potencialmente afectados por el nuevo párrafo segundo del apartado 2 del artículo 88 del Estatuto de los Trabajadores.

III. La Asociación de Futbolistas Españoles ante la eventual negociación por Comisiones Obreras y Unión General de Trabajadores de un convenio colectivo estatutario del fútbol profesional.


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