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Responsabilidad civil por daños entre los progenitores a causa del incumplimiento del derecho de visita


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2017


Responsabilidad civil por daños entre los progenitores a causa del incumplimiento del derecho de visita

Responsabilidad civil por daños entre los progenitores a causa del incumplimiento del derecho de visita


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2017


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En los últimos años se ha abierto paso en nuestros tribunales a la vía indemnizatoria por los daños sufridos por uno de los progenitores a causa del comportamiento impeditivo o gravemente obstaculizador del otro progenitor en el desarrollo del derecho de visita. Este trabajo analiza dichos pronunciamientos, así como la doctrina emanada del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre protección del derecho de visita como forma de respeto de la vida familiar, para cuestionar si el incumplimiento del régimen de visitas por el progenitor custodio o por el no custodio ha de recibir como únicas respuestas las previstas en el Derecho de familia, o si además son resarcibles, al amparo del artículo 1902 CC, los daños morales y patrimoniales sufridos por esta conducta.

I. Introducción.

II. El derecho de visita y su incumplimiento.

1. Consideraciones generales.

2. Consecuencias del incumplimiento del derecho de visita en el ámbito penal.

3. Consecuencias del incumplimiento del derecho de visita en el ámbito civil.

III. Daños causados por la Administración a los padres a causa de la privación de la compañía de sus hijos.

IV. Protección del derecho de visita como forma de respeto de la vida familiar en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

V. Resarcimiento de daños entre los progenitores por incumplimiento del régimen de visitas en la jurisprudencia menor.

1. Progenitor custodio que obstaculiza o impide injustificadamente el régimen de visitas.

2. Incumplimiento del régimen de visitas por el progenitor no custodio.

VI. ¿Cabe acudir a la responsabilidad extracontractual ante el incumplimiento del derecho de visita?

VII. Presupuestos de la responsabilidad extracontractual por daños causados entre progenitores por incumplimiento del derecho de visita: 

1. Comportamiento en que intervenga culpa o negligencia.

2. Daño.

3. Relación causal entre el comportamiento del progenitor incumplidor y el daño sufrido por el otro progenitor.