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La legítima en el Derecho sucesorio español y sus consecuencias, a debate


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2020


La legítima en el Derecho sucesorio español y sus consecuencias, a debate

La legítima en el Derecho sucesorio español y sus consecuencias, a debate


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2020


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En las sociedades modernas, la libre disposición de los bienes en la herencia por parte de los ciudadanos para después de su muerte siempre ha sido una fuente de controversias. La sociedad actual tiende cada vez más al individualismo lo que conlleva a que las imposiciones legislativas sobre los bienes que uno tenga, choque con esa concepción. La realidad es que hoy en día somos más individualistas y existe un verdadero cambio en el concepto de familia. Junto a la tradicional consideración de familia, existen las familias pluriparentales, monoparentales, uniones o parejas de hecho y la libertad de disposición de las personas. La estructura social ha evolucionado desde la promulgación del Código civil de 1889 y esto afecta al propio derecho. Por ello, el legislador deberá tener en cuenta una serie de consideraciones para acercar la regulación jurídica de la legítima a la realidad social.

I. Aproximación al problema: el sistema sucesorio español.

II . El régimen jurídico de la legítima en el Código Civil español:

1. El derecho de herencia forzoso.

2. La intangibilidad cuantitativa y cualitativa de la legítima.

III. La ineficacia de la institución de heredero:

1. La preterición: supuestos y efectos.

2. La desheredación: concepto, requisitos y justas causas.

IV. La conformación de la legítima al margen del Código civil español:

1. Navarra.

2. País Vasco.

3. Cataluña.

4. Galicia.

5. Aragón.

6. Islas Baleares.

V. Reflexiones conclusivas: ¿Necesidad de una reforma?

VI . Bibliografía.

VII . Jurisprudencia.