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Jurisdicción voluntaria y matrimonio religioso en España


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2016


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El trabajo constituye un estudio monográfico sobre el alcance que la nueva Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria tiene sobre los aspectos más característicos de nuestro sistema matrimonial, en lo que respecta a las uniones religiosas reconocidas por el Estado, bien por estar amparadas en un Acuerdo, o bien por tratarse de una confesión religiosa inscrita con notorio arraigo, junto con el capítulo importante de los matrimonios celebrados según las normas del Derecho canónico, a tenor del Acuerdo sobre Asuntos Jurídicos, firmado entre el Estado español y la Santa Sede, en 1979. El estudio, parte de los preceptos de la mencionada Ley, que afectan, tanto al Código Civil, como a la Ley de Registro Civil, de 21 de julio de 2011, y que suponen profundas modificaciones al respecto, sobre todo en lo que concierne al expediente previo prematrimonial y a los nuevos operadores competentes para la tramitación del citado expediente.

I. Introducción.

II. El expedie nte previo para las uniones religiosas.

III. La celebración del matrimonio religioso.

IV. La inscripción del matrimonio religioso.

V. Los Acuerdos entre el Estado español y las confesiones religiosas.