El contrato de cesión de créditos en la jurisprudencia
Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 02/2009
- Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia
- Numero: 02/2009
- Fecha: 2009-04-01
- ISSN: 0210-8518
- Páginas: 16 (239 - 254)
- Idioma: español (castellano)
- Editorial: Editorial Reus
- Palabras Clave:
cedente,
cesionario,
contrato de cesión de créditos,
deudor
El contrato de cesión de créditos en la jurisprudencia
Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 02/2009
Autoría: Francisco Alexis Bañuls
10,00€
El Código Civil español permite la cesión de créditos sin necesidad de contar con el consentimiento del deudor (arts. 1.526-1.536). Sin embargo, esta regula- ción era insuficiente. La jurisprudencia, consciente de ello, ha ido creando un cuerpo doctrinal homogéneo, acogiendo soluciones del Derecho Comparado Europeo.
I. Consideraciones generales.
II. Conceptualización.
III. Diferencias con otras figuras.
IV. Elementos que conforman el contrato de cesión de créditos.
1. El elemento objetivo.
1.1. Los créditos considerados «cedibles» y el consentimiento.
1.2. El aspecto formal de la cesión de créditos.
1.3. Los efectos de la cesión del crédito.
2. El elemento subjetivo.