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Derechos fundamentales y capacidad jurídica

Claves para una propuesta de reforma legislativa


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 04/2016


Derechos fundamentales y capacidad jurídica

Derechos fundamentales y capacidad jurídica

Claves para una propuesta de reforma legislativa


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 04/2016


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La reforma del régimen de la modificación de la capacidad contenida en el Código civil y en la LEC suscita debates enfrentados sobre cuál debe ser su alcance. Las diferentes posturas oscilan entre quienes promueven ajustes mínimos y quienes consideran que la Convención de Naciones Unidas de 2006, exige la derogación total del sistema. ¿Hasta dónde debe llegar la reforma? No se trata de elaborar un texto «políticamente correcto» en el que se repitan o transcriban los principios y derechos que consagra la Convención, sino de articular un texto normativo con una técnica jurídica depurada, que haga viable en la práctica el ejercicio de esos derechos, teniendo en cuenta que las necesidades de protección no serán las mismas cuando estemos en presencia de una discapacidad intelectual que cuando se trate de una enfermedad mental o de una neurodegenerativa. Los principios que deben inspirar la reforma del modelo vigente -necesidad, temporalidad, proporcionalidad, personalización y autonomía- han de contribuir a situar en el centro del sistema la voluntad de la persona protegida. El proceso de toma de decisiones debe ser, por tanto, objeto de especial atención para garantizar que, en todo caso, se respetará su voluntad, preferencias y deseos, pero sin menoscabar su protección, que es igualmente una exigencia de la Convención.

Introducción.

1. Estado actual de la cuestión: consensos y tensiones.

2. La interpretación del Tribunal Supremo:la curatela como instrumento más adecuado. Sus déficits:

2.1. El curador: hacia una flexibilización de la figura.

2.2. El curador: más allá del complemento de capacidad.

3. La Observación general nº 1 de Naciones Unidas, de 19 de mayo de 2014.

4. Principios del sistema de protección: 

4.1. Necesidad.

4.2. Temporalidad.

4.3. Proporcionalidad.

4.4. Personalización de la medida: voluntad, preferencias y deseos:

4.4.1. Desde un punto de vista legislativo.

4.4.2. Desde un punto de vista judicial. 

4.4.3. Desde el punto de vista del ejercicio de la medida.

4.5. Autonomía.

4.5.1. La libertad de tomar decisiones y sus límites.

4.5.2. Las salvaguardias como instrumento para preservar la autonomía.

5. El proceso de toma de decisiones:

5.1. Una cuestión pluridisciplinar.

5.2. El cuestionamiento ético en la toma de decisiones.

5.3. El aspecto jurídico de la toma de decisiones.

6. Bibliografía.