Supuestos en los que se puede acudir al Arbitraje
Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 03/2008
- Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia
- Numero: 03/2008
- Fecha: 2008-07-01
- ISSN: 0210-8518
- Páginas: 30 (465 - 494)
- Idioma: español (castellano)
- Editorial: Editorial Reus
- Palabras Clave:
arbitraje,
ley 60/2003,
mediación de conflictos
- Materias:
Mediación
Supuestos en los que se puede acudir al Arbitraje
Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 03/2008
Autoría: Ana Montesinos García
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La determinación de aquellas materias o cuestiones que pueden ser objeto de arbitraje y aquellas otras que, por el contrario, no pueden someterse a dicho medio de resolución de conflictos alternativo a la Justicia, se ha convertido en uno de los temas más espinosos y difíciles de concretar por la enorme complejidad que su determinación conlleva en la práctica y, por tanto, una de las cuestiones que mayor atención doctrinal y jurisprudencial ha suscitado. En la actualidad, la Ley Arbitral 60/2003, de 23 de diciembre, dedica un único artículo a la arbitrabilidad, el artículo 2 LA, en donde se afirma que el arbitraje debe recaer únicamente sobre materias de libre disposición de las partes conforme a Derecho El presente estudio pretende ofrecer una respuesta a esta compleja cuestión.
1. Breves notas introductorias.
2. Regulación en la actual Ley Arbitral.
A) Supresión de un listado de materias no arbitrables.
B) La libre disposición de las partes.
3. Materias expresamente excluidas en la Ley Arbitral de 1988.
4. Arbitrajes sectoriales.
A) Diferentes arbitrajes especializados.
B) Especial referencia a las materias arbitrables en sede administrativa.
5. La anulación del laudo por inarbitrabilidad de la controversia.
6. Regla específica para el arbitraje internacional.