Responsabilidad por prestación de servicios sanitarios
El inacabado dilema competencial
Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 02/2006
- Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia
- Numero: 02/2006
- Fecha: 2006-04-01
- ISSN: 0210-8518
- Páginas: 38 (203 - 240)
- Idioma: español (castellano)
- Editorial: Editorial Reus
- Palabras Clave:
derecho a la salud y a la atención médica,
reclamación
Responsabilidad por prestación de servicios sanitarios
El inacabado dilema competencial
Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 02/2006
Autoría: Manuel Ángel De las Heras García
14,00€
En España, especialmente a partir de los años 80, las reclamaciones judiciales por daños causados por la asistencia médica del Sistema Nacional de Salud que fueron dirigidas contra esta agencia pública habiendo sido procesadas y decididas, indistintamente, en presencia de tres instancias jurisdiccionales: los tribunales civiles, los tribunales administrativos y los tribunales de justicia laboral, que abordan los diferentes argumentos y transportan, entre otros factores, un clima de ciertos objetivos jurídicos e innumerables conflictos de conflictos de inseguridad competitiva. El legislador ha decidido resolver este problema unificando la compe tencia de este tipo de reclamos y conflictos en la presencia del orden contencioso, realizando ciertas modificaciones normativas durante los años 1998 a 2003 de no siempre fácilmente justificables, desapercibidas como se considera reprensión proponiendo que la unificación deseable debe haber sido, en todo caso, en presencia de los tribunales del orden civil.
I. Breve exposición del problema.
II. Sinopsis de las dos últimas etapas en el aludido conflicto competencial.
II.1. La LJCA/1998, Ley 4/1999 y sus modificaciones:
II.1.A. Algunos criterios jurisprudenciales de las Salas 4ª y 1ª del TS tras la promulgación de dicha normativa.
II.1.B. Otra vía de escape de la Sala 1ª en las llamadas reclamaciones combinadas: ¿Retorno del peregrinaje?
II.2. Nueva modificación del art. 9.4 LOPJ por LO 19/2003, de 23 de diciembre.
III. Postura adoptada de lege ferenda.