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Los grandes sistemas jurídicos de la edad contemporánea

Estudio comparativo


Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 02/2021


Los grandes sistemas jurídicos de la edad contemporánea

Los grandes sistemas jurídicos de la edad contemporánea

Estudio comparativo


Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 02/2021


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Este estudio se centra en la cuestión de la clasificación de los distintos sistemas legales. Se hace una amplia clasificación que distingue los sistemas occidentales, el europeo continental y el anglosajón, y los sistemas propios del Islam, la China imperial y la India. Dentro de cada uno de estos términos de clasificación, se estudian cuestiones como el sistema de fuentes jurídicas, la ordenación legal o los elementos comunes a varios sistemas. Posteriormente el autor trata de cuestiones generales relacionadas con lo anterior, tales como los sistemas de gobierno, las distintas clases sociales o el procedimiento existentes en cada uno de los ámbitos de aplicación de los sistemas jurídicos reseñados. Termina el artículo ocupándose de cuestiones como la incidencia de los sistemas en los ámbitos familiar, sucesorio, contractual o del Derecho penal, y de la actual occidentalización de todos ellos.

I. INDICACIONES GENERALES:

1. Los sistemas jurídicos y los círculos de cultura

A. Civilización occidental.

B Islam.

C. China imperial. La India.

2. Los sistemas de fuentes

A. Sistemas occidentales.

B. Derecho islámico. 

C. China imperial.

D. La India.

3. La ordenación del Derecho.

4. Elementos comunes.

5. La aplicación de los respectivos sistemas

A. Principio de reserva confesional.

B. Principio de aplicación general.

6. Las variantes.

II. RELACIONES PÚBLICAS:

1. Las formas de gobierno

A. Occidente.

B. El Imperio Chino.

C. El Islam.

D. Los territorios hindúes.

2. Las clases sociales

A. Indicaciones generales.

B. El Islam.

C. Sistema occidental.

D. La China imperial.

E. La India.

3. Las confesiones religiosas.

4. El papel de los juristas.

5. Procedimiento

A. Occidente.

B. La China imperial y el Islam.

C. La India. 

III. RELACIONES PRIVADAS:

1. Las relaciones familiares

A. El matrimonio.

B. Requisitos del matrimonio.

C. Divorcio.

D. Estructura familiar.

E. Filiación y adopción.

F Alimentos.

2. La propiedad

A. Derechos occidentales.

B. Derecho islámico.

C. Sistema hindú.

D. Derecho Chino.

3. Las herencias

A. Sistemas hereditarios.

B. Los testamentos.

4. Derecho de obligaciones

A. Contratos.

B. Obligaciones extracontractuales.

C. relaciones de trabajo.

IV. MEDIDAS PENALES:

1. Tendencias generales.

2. Los delitos y sanciones

A. Caracteres comunes.

B. Occidente.

C. La China imperial.

D. El Islam.

E. La India.

V. LA OCCIDENTALIZACIÓN:

1. El fenómeno general.

2. Los procesos particulares

A. Derecho hindú.

B. Derecho chino.

C. Los países islámicos.


Description

This study focuses on the question of the classification of the different legal systems. A broad classification is made that distinguishes the Western, continental European and Anglo-Saxon systems, and the systems of Islam, imperial China and India. Within each of these classification terms, issues such as the system of legal sources, the legal order or the elements common to several systems are studied. Subsequently, the author deals with general issues related to the above, such as the systems of government, the different social classes or the legal procedures existing in each of the areas of application of the legal systems outlined. The article ends by dealing with issues such as the impact of systems in the family, inheritance, contractual or criminal law spheres, and the current westernization of all of them.