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La persona humana en el nuevo Código civil y comercial de la República Argentina


Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 01/2018


La persona humana en el nuevo Código civil y comercial de la República Argentina

La persona humana en el nuevo Código civil y comercial de la República Argentina


Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 01/2018


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Las limitaciones o restricciones a la capacidad de ejercicio pueden emanar de la ley o de una sentencia judicial que se funda en la ley. El nuevo ordenamiento, fundado en los principios que surgen del bloque de constitucionalidad, especialmente la Convención internacional de los derechos del Niño y la Convención Internacional de las personas con discapacidad (art. 75 inc. 22 CN) configura un sistema altamente protectorio de los derechos de todas las personas.

I. La Persona Humana: 

1. Introducción.

2. Comienzo de la existencia. Remisión.

3. Capacidad. Principios generales. Estructura del «nuevo» sistema: 

A) Capacidad de derecho.

B) Capacidad de ejercicio.

4. Persona menor de edad. El adolescente: 

A) Concepto.

B) Principio de la autonomía progresiva.

5. La emancipación.

6. Persona menor de edad con título profesional habilitante.

7. Restricciones a la capacidad: 

A) Re de la incapacidad. Reglas generales.

B) Persona con capacidad restringida.

C) Personas con incapacidad.

D) Legitimación.

E) El proceso de capacidad restringida o de incapacidad. Entrevista personal. Inmediatez.

F) Intervención del interesado en el proceso. Sentencia. Alcances.

G) Ces8. Inhabilitados (art. 48 CCyC).

II. Bibliografía.