Tratamiento de las cuotas anuales extraordinarias
Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de julio de 2009
Artículo publicado en: Revista Española de Derecho Deportivo 26 (02/2010)

- Artículo publicado en: Revista Española de Derecho Deportivo
- Numero: 26 (02/2010)
- Fecha: 2010-12-01
- ISSN: 1132-9688
- Páginas: 13 (83 - 95)
- Idioma: español (castellano)
- Editorial: Editorial Reus
- Palabras Clave:
clubes deportivos,
cuota anual,
ley 10/1990,
sociedades anónimas deportivas
Tratamiento de las cuotas anuales extraordinarias
Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de julio de 2009
Artículo publicado en: Revista Española de Derecho Deportivo 26 (02/2010)
Autoría: Pedro J. Barras García
5,00€
La Sentencia de nuestro Tribunal Supremo dictada el día 9 de julio de 2009 trata de exponer cómo han de ser tratadas las denominadas «cuotas anuales extraordinarias» en su aplicación concreta a los clubes deportivos profesionales, basándose para ello en las actuaciones llevadas a cabo en un principio por la Administración Tributaria ante el club de fútbol Atlético de Madrid SAD y cuya resolución jurisdiccional final viene planteada en el citado fallo. Para ello nos remontaremos a la génesis del asunto, que surge tras la promulgación y entrada en vigor de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, y que supuso en su momento un cambio en la concepción del deporte y su regulación en España que en su mayor parte aún perdura.
I. Introducción.
II. El contenido básico del Convenio de Saneamiento del Fútbol Profesional.
III. Las cuotas anuales extraordinarias y su tratamiento contable-fiscal:
a) Contabilización.
b) Justificación.
c) Imputación según criterio de devengo.
d) Correlación con los ingresos.
IV. Aplicación concreta al caso «Atlético de Madrid».
V. Conclusiones.