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Legitimación activa en la declaración de obra nueva


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 06/2019


Legitimación activa en la declaración de obra nueva

Legitimación activa en la declaración de obra nueva


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 06/2019


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La inscripción de nuevas edificaciones en el Registro de la Propiedad ha constituido, constituye, y muy probablemente seguirá constituyendo una de las fuentes más importantes de conflictos en nuestro sistema hipotecario, a pesar de lo cual no puede decirse que sea uno de los temas más estudiados ni en la doctrina, ni en la jurisprudencia de la Dirección General de los Registros y del Notariado. El presente artículo analiza la legitimación activa en la declaración de obra nueva, vinculándola a la naturaleza jurídica de la misma, al título inscribible, así como a la relación jurídica existente entre el declarante y obra declarada.

I. Planteamiento.

II. La legitimación activa vinculada a la naturaleza jurídica de la declaración de obra nueva:

1. La obra nueva como modificación física de la finca.

2. La obra nueva como «acto jurídico-real con eficacia inmatriculadora».

III . La legitimación activa y el título inscribible:

1. La legitimación activa en los «títulos referentes al inmueble».

2. La escritura de obra nueva.

IV . La legitimación activa en base a la relación jurídica con la obra nueva:

1. La legitimación del propietario:

A) La legitimación del propietario y el cumplimiento de la legalidad urbanística.

B) Declaración de obra nueva en régimen de copropiedad.

2. Declaración de obra nueva y derechos reales limitados:

A) La declaración de obra nueva por el titular de un derecho de superficie, sobreelevación o subedificación.

B) Declaración de obra nueva y usufructo.