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La subsanación por el deudor del cumplimiento no conforme


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 03/2016


La subsanación por el deudor del cumplimiento no conforme

La subsanación por el deudor del cumplimiento no conforme


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 03/2016


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Los textos que proponen la unificación del Derecho privado europeo, así como otros textos legales internacionales básicos en materia de obligaciones y contratos,tienden a manejar un concepto neutro de incumplimiento, centrado no tanto en la infracción de un deber de conducta del deudor, como en la no consecución del resultado previsto en la obligación. Ello permite una construcción unitaria de la responsabilidad contractual en torno a la ruptura del contrato (breach of contract) y un sistema de remedios más articulado, en el que la resolución del contrato tiende a verse desplazada en pro de la conservación de las relaciones jurídicas y la salvaguarda de la buena fe en las relaciones obligacionales. Se observa así, en particular, que un remedio excepcional y carente de una regulación específica en nuestro Derecho contractual tradicional, como es la facultad del deudor de subsanar el cumplimiento no conforme, ha ido adquiriendo entidad y sustantividad propia en diversos textos legales, llegándose a configurar en el DCFR o el CESL no como mera facultad, sino como derecho del deudor, frente al cual pueden ceder otros remedios puestos a disposición del acreedor para el caso de incumplimiento. De modo que el objeto de este trabajo se concreta en el estudio de esta facultad del deudor, partiendo de su configuración en distintos textos normativos y en las propuestas de unificación del Derecho europeo de contratos, para posteriormente analizar cuál es su tratamiento en el derecho vigente español. Todo ello, al objeto de reflexionar cuál debería ser su tratamiento en una futura modernización de nuestro derecho de obligaciones y contratos.

I. Delimitación del objeto de estudio.

II. La regulación de la subsanación en la Convención de Viena de 1980: 

1. El derecho de subsanación en caso de entrega anticipada de mercaderías no conformes.

2. El derecho de subsanación del incumplimiento con posterioridad a la fecha de entrega.

III. La subsanación en los principios UNIDROIT: 

1. Ámbito de aplicación y eficacia de los principios

2. La subsanación del incumplimiento: 

2.1. Fundamento y antecedentes.

2.2. Alcance, requisitos y contenido de la facultad de subsanación.

2.3. Posición de la parte perjudicada por el incumplimiento.

IV. La subsanación en las propuestas de unificación, en todo o en parte, del Derecho contractual europeo:

1. La subsanación del incumplimiento en los PECL

2. La subsanación en el DCFR: 

2.1. Fundamento y ámbito de aplicación del derecho de subsanación

2.2. Presupuesto: el cumplimiento no conforme

2.3. Alcance y límites de la subsanación

3. La subsanación en la propuesta de reglamento europeo relativo a una normativa común de compraventa europea.

V. La subsanación por el deudor del cumplimiento no conforme en el derecho vigente español: 

1. En el derecho codificado

2. En el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras Leyes Complementarias.

VI. Reflexiones sobre la regulación de la subsanación por el deudor en una eventual modernización del derecho de obligaciones y contratos español: 

1. En la propuesta de modernización del Código Civil.

2. En el proyecto de Código de Comercio.

VII. Bibliografía.