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La reforma de la determinación de la filiación extramatrimonial en el Derecho civil navarro


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 05/2018


La reforma de la determinación de la filiación extramatrimonial en el Derecho civil navarro

La reforma de la determinación de la filiación extramatrimonial en el Derecho civil navarro


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 05/2018


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La Sentencia del Tribunal Constitucional 41/2017, de 24 de abril, declaró la inconstitucionalidad de la ley 71 letra b/ del Fuero Nuevo de Navarra, otorgando un plazo de un año para su modificación. Por Ley Foral 9/2018, de 17 de mayo, el Parlamento de Navarra ha aprobado la reforma del régimen navarro en materia de filiación, con la que se pretende dar respuesta a la demanda del Tribunal Constitucional de un mayor equilibrio entre los intereses presentes en materia de filiación, permitiendo al progenitor que reclame judicialmente su paternidad. El legislador foral no se ha limitado a modificar el precepto cuestionado sino que ha reformado el sistema de filiación, alterando la regulación del reconocimiento, de las acciones de impugnación y reclamación, y de los efectos de la filiación determinada judicialmente. Todo lo anterior diseña un nuevo marco jurídico de la filiación más respetuoso con los derechos del progenitor pero a la vez centrado en el interés superior del hijo, satisfaciendo las exigencias del Tribunal Constitucional con una solución que, no obstante, no era la única posible y que tal vez no sea siempre la más efectiva.

I. Introducción.

II. La sentencia del Tribunal Constitucional 41/2017, de 24 de abril.

III. Precedentes judiciales.

IV. Régimen jurídico de la determinación de la filiación no matrimonial en el Fuero Nuevo anterior a la reforma.

V. Proyección de la doctrina constitucional sobre la normativa foral: 

1. La necesidad de una nueva ponderación de los intereses en juego.

2. La nueva regulación del reconocimiento.

3. Reclamación de la filiación y control de efectos. 

VI. Bibliografía.