La prenda de créditos: una propuesta para fijar su régimen jurídico
Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 03/2025

- Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado
- Numero: 03/2025
- Fecha: 2025-09-04
- ISSN: 0034-7922
- Páginas: 49 (3 - 51)
- Idioma: español (castellano)
- Editorial: Editorial Reus
- Palabras Clave:
derecho de crédito,
derecho real de garantía,
desplazamiento posesorio,
legislación concursal,
prenda de créditos
- Materias:
Derecho Civil
- Materias thema:
LAFD
La prenda de créditos: una propuesta para fijar su régimen jurídico
Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 03/2025
Autoría: Manuel Antonio Amezcua Arroyo
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Los créditos, dado su valor patrimonial, constituyen hoy un bien jurídico especialmente apto y ágil para garantizar las operaciones crediticias, apareciendo así la «prenda de los derechos de crédito». Sin embargo, y aunque la figura resulta reconocida en nuestro derecho positivo, su concreto régimen jurídico no es claro. Suele oscilar entre dos construcciones distintas: la de la cesión limitada del crédito en función de garantía; o la de ser un propio derecho real de prenda. Esta segunda es la tesis que aquí se defiende, sobre la base de los preceptos que en nuestro ordenamiento jurídico regulan la figura, pues entendemos que estos tienen la suficiente sustantividad como para establecer un régimen jurídico seguro, que no cree distorsiones en el mercado crediticio y de sus accesorias y necesarias garantías.
Introducción.– I. Las garantías reales: la prenda ordinaria o manual: 1. El contrato de prenda en el Código civil.– 2. El objeto de la prenda en el Código civil: A) Una visión no romanista de la prenda: la desposesión.– B) El contrato real y la desposesión.– II. La prenda de derechos de crédito.– III. Reconocimiento legislativo de la prenda de créditos: 1. Ley HMPSD: art. 54, párr. 2 y 3.– 2. Los arts. 270 y 271 TR Ley Concursal 2020.– IV. LA PRENDA DE CRÉDITOS EN EL TRLC 2020: 1. El derecho de crédito como posible «prenda».– 2. El documento público constitutivo de la prenda.– V. Prenda de créditos, ¿cesión del crédito o derecho real?– VI. Conclusiones.– VII. Bibliografía.
Description
Due to their asset value, credit claims are today a legal asset that is particularly suitable and agile in guaranteeing credit operations, thus creating the «pledge of credit claims». However, and although the figure is recognized in our positive law, its specific legal regime is not clear. It usually varies between two different constructions: the one of the limited assignment of the claim in function of guarantee; or that of being a real right of pledge. This is the thesis defended here, on the basis of the precepts that regulate the figure in our legal system, because we understand that these have sufficient substantiativity to establish a secure legal regime, It does not create distortions in the credit market and its collateral and necessary guarantees.