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La legislación tuitiva de consumidores y usuarios como vía apta para obtener la reparación de daños y perjuicios provocados por vicios de la construcción


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 05/2023


Revista de Derecho Privado

La legislación tuitiva de consumidores y usuarios como vía apta para obtener la reparación de daños y perjuicios provocados por vicios de la construcción


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 05/2023


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El propietario de un edificio aquejado de deficiencias constructivas dispone de un cauce específico para obtener la reparación de los daños materiales ocasionados en el inmueble por tal causa, que se regula en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Dicho régimen coexiste en nuestro ordenamiento jurídico con otros a través de los que se puede obtener incluso la indemnización de perjuicios que aquella norma deja fuera de su ámbito de aplicación, siendo uno de ellos la legislación protectora de los consumidores y usuarios. En este trabajo, tras un profundo examen del concepto legal de consumidor —que ha sido objeto de diversas reformas, algunas de ellas muy recientes—, se estudia la posible aplicación al ámbito de los vicios de la construcción de los regímenes de responsabilidad por productos defectuosos y por servicios defectuosos contenidos en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de la Consumidores y Usuarios, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. También se analiza la forma en la que deben ser articuladas las acciones de ambos cuerpos normativos, efectuando una propuesta de coordinación.

I. Introducción: la relevancia sobrevenida de la legislación protectora de los consumidores y usuarios en materia de daños por vicios de la construcción.– II. Cuestión previa: ámbito subjetivo de aplicación del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.– III. Notas definitorias del régimen de responsabilidad por daños causados por productos defectuosos: 1. Concepto legal de producto defectuoso.– 2. Daños resarcibles.– 3. Personas legitimadas para exigir la reparación del daño.– 4. Sujetos responsables del daño.– 5. Naturaleza de la responsabilidad y causas de exoneración y de extinción.– IV. Notas definitorias del régimen de responsabilidad por daños causados por servicios defectuosos: 1. Concepto de servicio defectuoso, daños resarcibles, sujetos protegidos y sujetos responsables.– 2. Régimen general y regímenes especiales en materia de servicios.– V. El complejo cruce entre regímenes concurrentes: propuestas de coordinación: 1. La articulación entre las acciones de la LOE y las acciones de responsabilidad por productos.– 2. La articulación entre las acciones de la LOE y las acciones de responsabilidad por servicios.– 3. La concurrencia entre los regímenes especiales de responsabilidad por productos y de responsabilidad por servicios del TRLGDCU.– VI. Conclusiones.– VII. Bibliografía.


Description

The owner of a building affected with constructive deficiencies has a specific channel to obtain the repair of material damages caused in the property due to such cause, which is regulated in Law 38/1999, of November 5, on Building Regulation. This regime coexists in our legal system with others through which it is possible to obtain even compensation for damages that regulation leaves out of its scope of application, one of them being consumers and users protection legislation. After an in-depth examination of the legal concept of consumer —which has undergone several reforms, some of them very recent—, this work studies the possible application to the field of construction defects of liability regimes for defective products and defective services contained in the Consolidated Text of the General Law for the Defense of Consumers and Users, approved by Royal Legislative Decree 1/2007, of November 16. It also analyzes the way in which the actions of both normative bodies should be articulated, making a coordination proposal.