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La insuficiencia de la masa activa como conclusión del concurso en la propuesta de anteproyecto de ley de la reforma de la ley concursal


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 01/2011


Revista de Derecho Privado

La insuficiencia de la masa activa como conclusión del concurso en la propuesta de anteproyecto de ley de la reforma de la ley concursal


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 01/2011


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La LC pretende la satisfacción del interés de los acreedores, y no el saneamiento del deudor; por ello, se pretende articular la fórmula necesaria para evitar el deterioro del estado patrimonial del deudor. Esto parece justificar que en los supuestos frecuentes en los que el deudor no tenga masa, la legislación concursal no ha previsto expresamente, como causa de inadmisión del mismo, la inexistencia de bienes en el patrimonio del deudor, justificando para un sector doctrinal y jurisprudencialmente, la apertura del procedimiento. Frente a esta situación la Propuesta de Anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal de 29 de mayo de 2010 introduce el concepto jurídico de insuficiencia de masa como causa de conclusión concursal, la cual se puede dar desde el inicio de la solicitud del concurso, y en aquellos otros supuestos, en los que en el desarrollo del trámite procesal constata el «agotamiento sobrevenido de masa», configurando como mecanismo garantista del acreedor la posibilidad de reanudación del proceso y la expresa no exoneración de las deudas pendientes.

I. INTRODUCCIÓN.

II. LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO EN LA REGULACIÓN ACTUAL. INEXISTENCIA DE BIENES Y DERECHOS DEL CONCURSADO NI DE TERCEROS RESPONSABLES.

III. LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO EN EL ANTEPROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LALEY CONCURSAL. INSUFICIENCIA DE LA MASA ACTIVA PARA SATISFACER LOS CRÉDITOS CONTRA LA MASA.

IV. CONCLUSIONES.