La formulación de la guarda de hecho en el nuevo Código de las Familias cubano, múltiples criterios a debate
Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2025

- Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado
- Numero: 02/2025
- Fecha: 2025-07-28
- ISSN: 0034-7922
- Páginas: 21 (171 - 199)
- Idioma: español (castellano)
- Editorial: Editorial Reus
- Palabras Clave:
cuidados familiares,
guarda de hecho,
personas adultas mayores,
personas con discapacidad
- Materias:
Derecho Civil
- Materias thema:
LNM
La formulación de la guarda de hecho en el nuevo Código de las Familias cubano, múltiples criterios a debate
Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2025
Autoría: Joanna Pereira Pérez
20,00€
La guarda de hecho, como institución jurídica, ha sido regulada por primera vez en el contexto jurídico cubano por el nuevo Código de las Familias de 2022. El legislador familiar la ha incluido como institución de guarda y protección en la esfera familiar, y se asocia con la realización continuada deberes de cuidado en el ámbito personal y patrimonial respecto a personas adultas mayores o personas en situación de discapacidad. En virtud de lo anterior, constituye una alternativa jurídico-familiar útil y una opción frente a la institucionalización, si se tienen en cuenta los altos índices de envejecimiento que muestra la población cubana y las predicciones de aumento paulatino que lo acompañan. Es por ello que en el presente trabajo se analizan a la par la naturaleza con la que ha sido regulada la guarda de hecho en el ordenamiento cubano y los principales retos a los que se ha enfrentado en sus primeros dos años de vida, junto a breves notas de derecho comparado en relación con su formulación, en el ordenamiento jurídico español.
I. Las relaciones sociofamiliares de cuidado, nuevas miradas a partir del Código de las Familias cubano.– II. El cuidado como derecho, particularidades para las personas adultas mayores y en situación de discapacidad.– III. La guarda de hecho como institución de guarda y protección en el nuevo Código de las Familias cubano.– IV. De la guarda de hecho de personas adultas mayores y en situación de discapacidad. Alcance de la figura y elementos distintivos en el ordenamiento jurídico cubano: 1. Naturaleza. Miradas comparadas a la voluntad, formalidad y acreditación.– 2. Duración.– 3. Coexistencia con otras instituciones de protección: los apoyos, el acogimiento familiar y los alimentos voluntarios.– 4. Contenido. Valor de las voluntades y preferencias de la persona en guarda.– 5. El control de la guarda de hecho ¿salvaguardias?– V. Conclusiones.– VI. Bibliografía.
Description
The guardianship as a legal institution has been regulated for the first time in the Cuban legal context by the new Family Code of 2022. The family legislator has included it as a guardianship and protection institution in the family sphere, and it is associated with the continuous performance of care duties in the personal and patrimonial sphere with respect to elderly or disabled persons. By virtue of the above, it constitutes a useful legal-familial alternative and an option to institutionalization, considering the high rates of aging shown by the Cuban population and the predictions of gradual increase that accompany it. For this reason, this paper analyzes the nature with which the de facto guardianship has been regulated in the Cuban legal system and the main challenges it has faced in its first two years of life, together with brief notes on comparative law in relation to its formulation in the Spanish legal system.