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La elección de la prestación por un tercero en las obligaciones alternativas


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 03/2009


Revista de Derecho Privado

La elección de la prestación por un tercero en las obligaciones alternativas


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 03/2009


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Las obligaciones alternativas constituyen una clase de obligación consolidada en el Ordenamiento jurídico español. No obstante, la práctica jurídica ha generado diversas situaciones en relación con las mismas, que no se contemplan en la regulación del Civil. En particular, la elección de la prestación definitiva puede recaer en un tercero, no sólo en el deudor o en el acreedor. Este trabajo analiza esta posibilidad, su configuración como supuesto de obligación alternativa o como obligación condicional y los efectos derivados de la no realización de la elección por el tercero.

I. INTRODUCCIÓN.

II. LA ELECCIÓN POR UN TERCERO: SU NATURALEZA JURÍDICA.

III. EL TERCERO.

IV. CONSECUENCIAS DE LA ELECCIÓN DEL TERCERO.

V. LA NO REALIZACIÓN DE LA ELECCIÓN POR EL TERCERO.

A. La no realización de la elección por causa no imputable al tercero. Supuestos de pérdida por caso fortuito y pérdida imputable al deudor o al acreedor con facultad de elección concedida a un tercero:

1. Pérdida por caso fortuito.

2. Pérdida por culpa del deudor.

3. Pérdida por culpa del acreedor.

B. La no realización de la elección por causa imputable al tercero.