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La defensa del Derecho Privado frente a la globalización económica


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2013


Revista de Derecho Privado

La defensa del Derecho Privado frente a la globalización económica


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2013


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En el presente trabajo su autor despeja sus dudas manifestadas en otro anterior, publicado en esta misma revista en 2005, bajo el título: ¿Es constitucional, hoy, el matrimonio «homosexual» (entre personas del mismo sexo)?, cuando aún se tramitaba en el Parlamento la Ley 13/2005 que iba a permitirlo en julio de aquel mismo año. En esta ocasión, el autor se muestra favorable a la constitucionalidad de dicha Ley que ha sido recientemente declarada por la Sentencia del Tribunal Constitucional nº 198/2012, de 6 de noviembre, con fundamento exclusivo en una interpretación sociológica del art. 32.1 de nuestra Constitución. Más allá del caso, se defiende en este trabajo la posibilidad de interpretación evolutiva de la Constitución, más allá de su letra, pero siempre en renovación de su espíritu.

I. Causa, motivo y ocasión del presente estudio sobre la Ley 13/2005, de 1 de julio, reguladora del matrimonio entre personas del mismo sexo, y su constitucionalid ad declarada por la STC 198/2012, de 6 de noviembre.

II. La STC 198/2012, de 6 de noviembre, favorable a la constitucionalid ad de la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código civil en materia de derecho a contraer matrimonio: Exposición, y crítica interna contenid a en 4 votos particulares.

1. La concentración interpretativa en la realidad social del momento en que aplicar el art. 32.1 CE (o de la prescindibilidad de otras normas constitucionales satélites y de otros mecanismos interpretativos que imposibilitan la constitucionalidad de la Ley 13/2005).

2. La inocua distinción, en este asunto, entre garantía institucional y derecho fundamental; y su sometimiento, en cualquier caso, a la realidad social de cada momento y de cada lugar con pleno respeto a su contenido esencial socialmente reconocible.

3. La negación del criterio sociológico en la interpretación del art. 32 CE, según los votos particulares hechos contra la STC 198/2012.

III. Interpretación sociológica de la Constitución: idoneidad y límites. Y su particular aplicación al caso de la STC 198/2012, sobre el matrimonio «homosexual».

1. En general, la posibilidad, o la necesidad a veces, de interpretar evolutivamente la Constitución. La interpretación evolutiva como natural actualización del sentido literal e histórico de la norma conforme a su renovado sentido lógico: una réplica a las objeciones contenidas en los votos particulares a la STC 198/2012.

2. La nueva realidad social, la conciencia social colectiva; y su posible incidencia en el art. 32.1 CE y en la consiguiente legitimidad de la Ley 13/2005.

2.1. La ineptitud para demostrar una nueva conciencia social de los elementos puramente fácticos sin trascendencia jurídica interna (como son los datos más propios de la Ciencia, del sociologismo jurídico, o del Derecho comparado): la necesidad de que la nueva realidad social esté directa o indirectamente juridificada en el orden interno-nacional.

2.2. El valor interpretativo del Derecho internacional (con lógica exclusión de las Resoluciones del Parlamento Europeo), y de los Derechos autonómicos para la actualización de las normas nacionales comunes. En particular, la renovación del innato sentido innovador del art. 32.1 CE desde su exigencia de igualdad: la ley 13/2005 como única respuesta nacional posible para la igualdad, o no discriminación, entre las propias uniones homosexuales habidas en España, al margen de su posible amparo legal autonómico.

2.3. Como efecto colateral de la exigencia de igualdad: el de la filiación derivada de los matrimonios homosexuales. La posible inconstitucionalidad sobrevenida, no declarada por el TC, de algunas normas impeditivas de dicha efectiva igualdad entre matrimonios, y la inviabilidad de algún fragmento contenido en la Exposición de Motivos de la Ley 13/2005.

3. El matrimonio como affectio maritalis ejercida hoy en plena igualdad y libertad.