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Inmatriculación de fincas en el Registro de la Propiedad y reanudación del tracto sucesivo


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2024


Inmatriculación de fincas en el Registro de la Propiedad y reanudación del tracto sucesivo

Inmatriculación de fincas en el Registro de la Propiedad y reanudación del tracto sucesivo


Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 02/2024


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El artículo estudia el ingreso de la finca en el Registro de la Propiedad (concepto de inmatriculación y procedimientos inmatriculadores) y la reanudación del tracto sucesivo interrumpido, tras la reforma operada por la Ley 13/2015, de 24 de junio, de la Ley Hipotecaria y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, a la luz de la doctrina del Centro Directivo de los Registros.

I. La inmatriculación: concepto y clases: 1. Concepto de inmatriculación: 1.1. Concepto.– 1.2. Ingreso de la finca en el Registro de la Propiedad y apertura de folio.– 1.3. Primera inscripción de dominio.– 1.4. Procedimientos de inmatriculación.– 1.5. Requisitos especiales exigidos por la legislación sectorial para proteger el dominio público.– 1.6. Efectos limitados.– 2. Expediente de dominio de inmatriculación: 2.1. Introducción: reforma del expediente por la Ley 13/2015.– 2.2. Competencia para la tramitación.– 2.3. Incoación del expediente.– 2.4. Sustanciación del expediente: 2.4.1. Acta notarial y solicitud al registrador de certificación y anotación.– 2.4.2. Intervención del registrador: A) Calificación.– B) Actuaciones según el resultado de la calificación: a) Expedición de la certificación y práctica de la anotación.– b) Nota de denegación.– C) Supuesto especial de sospecha de invasión de dominio público.– 2.4.3. Notificaciones de la pretensión de inmatriculación.– 2.4.4. Alegaciones y oposición. Acta del notario accediendo a la pretensión.– 2.4.5. Calificación final e inscripción.– 2.5. Publicación de edicto.– 2.6. Recursos contra la calificación registral.– 2.7. Fin del expediente por juicio declarativo.– 3. Procedimiento de inmatriculación por doble título público: 3.1. Doble título público: 3.1.1. Título inmatriculador.– 3.1.2. Título previo.– 3.2. Lapso temporal de un año.– 3.3. Identidad de la finca: 3.3.1. Identidad descriptiva entre títulos y entre título inmatriculador y Catastro.– 3.3.2. Falta de previa inscripción y ausencia de dudas sobre la coincidencia de la finca con otra inmatriculada.– 3.3.3. Falta de coincidencia de la finca con otra de dominio público.– 3.4. Inscripción y trámites posteriores.– 4. Procedimiento inmatriculador por medio de certificación administrativa: 4.1. Entes inmatriculadores.– 4.2. Título inmatriculador: certificación administrativa.– 4.3. Certificación catastral descriptiva y gráfica o representación gráfica georreferenciada alternativa.– 4.4. Requisito de falta de inmatriculación previa.– 4.5. Requisito de falta de dudas sobre la coincidencia de la finca con otra de dominio público.– 4.6. Publicación de edicto.– 4.7. Supuestos especiales de certificación. 5. Inmatriculación del art. 204 LH: 5.1. Inmatriculación mediante expedientes de transformación o equidistribución urbanística.– 5.2. Inmatriculación mediante expedientes de concentración parcelaria.– 5.3. Inmatriculación de fincas objeto de expropiación forzosa.– 5.4. Inmatriculación de fincas de titularidad pública resultantes de procedimientos administrativos de deslinde.– 5.5. Inmatriculación en virtud de sentencia obtenida en procedimiento declarativo.– 5.6. Normas comunes. II. La reanudación del tracto: 1. Tracto sucesivo, interrupción y reanudación.– 2. Expediente de reanudación del tracto sucesivo: 2.1. Supuesto de hecho y carácter excepcional.– 2.2. Tramitación del expediente: 2.2.1. Inicio del expediente y documentación que debe aportarse.– 2.2.2. Citaciones.– 2.2.3. Finalización del expediente.– 2.3. Efectos.– 3. Reanudación por medio de certificación administrativa.– 4. Otras formas de reanudación: 4.1. Reanudación en procedimiento de equidistribución.– 4.2. Sentencia recaída en procedimiento ordinario.– III. Índice de sentencias y resoluciones de la DGRN/DGSJFP.– IV. Bibliografía.


Description

The article examines the entry of the property in the Land Registry (concept of «inmatriculación» and «inmatriculadores» procedures) and the resumption of interrupted successive tract, after the reform carried out by Law 13/2015, of June 24, of the Mortgage Law and the consolidated text of the Real Estate Cadastre Law, in the light of the doctrine of the Directorate of Registries.