El principio de razonabilidad en el Derecho privado
Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 01/2010

- Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado
- Numero: 01/2010
- Fecha: 2010-01-01
- ISSN: 0034-7922
- Páginas: 23 (3 - 25)
- Idioma: español (castellano)
- Editorial: Editorial Reus
- Palabras Clave:
derecho privado,
interpretación del contrato,
principios generales del derecho,
razonabilidad
El principio de razonabilidad en el Derecho privado
Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 01/2010
Autor no determinado
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Se analiza el principio de razonabilidad como la máxima que obliga a obrar de manera arreglada, en concordancia con los principios del sentido común y con los juicios de valor generalmente aceptados; como un estándar que facilita la adaptación del sistema de Derecho privado a los casos concretos. Después de trabajar el marco conceptual y diferenciar lo razonable de lo justo, lo equitativo y lo racional, se considera brevemente su aplicación en el Derecho privado, en especial, en los nuevos «modelos jurídicos» y en el derecho argentino. Se reconoce su origen remoto y su mayor evolución en el derecho anglosajón, destacándose, sin embargo, que a fines del siglo XX ha comenzado su recepción en los derechos de la familia occidental continental.
I. INTRODUCCIÓN. NOCIÓN.
II. UNA BREVE OJEADA RETROSPECTIVA.
III. LA RAZONABILIDAD COMO PRINCIPIO GENERAL DEL DERECHO. COMPARACIÓN CON OTROS PRINCIPIOS GENERALES.
IV. LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD EN EL DERECHO PRIVADO. SUJETOS, OBJETO Y CRITERIOS.
V. LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD EN LOS NUEVOS «MODELOS JURÍDICOS».
VI. LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE RAZONABILIDAD EN EL DERECHO PRIVADO ARGENTINO.
VII. CONCLUSIONES.