El Certificado Sucesorio Europeo como instrumento válido de adjudicación de la herencia: análisis de la resolución de 6 de junio de 2024 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 03/2025
- Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado
- Numero: 03/2025
- Fecha: 2025-09-04
- ISSN: 0034-7922
- Páginas: 36 (53 - 58)
- Idioma: español (castellano)
- Editorial: Editorial Reus
- Palabras Clave:
Certificado Sucesorio Europeo,
competencia,
herencia,
ley aplicable,
Reglamento Sucesorio Europeo
- Materias:
Derecho Civil
- Materias thema:
LAFD
El Certificado Sucesorio Europeo como instrumento válido de adjudicación de la herencia: análisis de la resolución de 6 de junio de 2024 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 03/2025
Autoría: Fernando García-Mon Quirós
20,00€
Se pretende con el presente trabajo abordar el estudio del Certificado Sucesorio Europeo como título de herencia válido para la inscripción en el Registro de la Propiedad español de bienes inmuebles, tomando como referencia la resolución de 6 de junio de 2024 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Para ello, se abordará en primer lugar el estudio del Reglamento Europeo de Sucesiones, especialmente en lo relativo a la autorizada competente para resolver la sucesión y le determinación de la ley aplicable, para, acto seguido, analizar la resolución citada y tratar de dar respuesta a la cuestión planteada.
I. Introducción.– II. Panorama general sobre el Reglamento Europeo de Sucesiones y el Certificado Sucesorio Europeo: 1. El Reglamento Sucesorio Europeo: finalidad y objetivos.– 2. El Certificado Sucesorio Europeo: A) El Certificado Sucesorio Europeo en el Reglamento Sucesorio Europeo.– B) Naturaleza, finalidad y solicitantes.– C) Contenido del Certificado Sucesorio Europeo.– III. Competencia: 1. Competencia general– 2. Competencia concreta para expedir el Certificado Sucesorio Europeo.– A) Estado competente.– B) Tribunal o autoridad que puede expedir el Certificado Sucesorio Europeo.– 3. Primeras conclusiones– IV. Ley aplicable.– V. La resolución de 6 de junio de 2024 de la DGSJFP: 1. Primer Defecto: Liquidación del régimen económico matrimonial y exigencia de documento público: A) Idoneidad del Certificado Sucesorio Europeo como título hábil para llevar a cabo la liquidación de la sociedad de gananciales.– B) ¿Es la ley española la que debe regir esta liquidación, o la francesa?– C) De vuelta a la necesaria liquidación previa: la solución dada por la DGSJFP.– D) ¿Es el Certificado Sucesorio Europeo un título válido para abordar la liquidación de la sociedad conyugal?– 2. Segundo Defecto: El Certificado Sucesorio Europeo como título válido para la adjudicación de herencia: A) La resolución de la DGSJFP.– B) Reglamento Sucesorio Europeo y Registro de la Propiedad– 3. Crítica a la resolución.– VI. Bibliografía.
Description
The aim of this paper is to study the European Certificate of Succession as a valid inheritance title for the registration of real estate in the Spanish Land Registry, taking as a reference the resolution of June 6, 2.024 of the General Directorate of Legal Security and Public Faith. For this purpose, the study of the European Inheritance Regulation will be addressed first, especially in relation to the competent authority to resolve the succession and the determination of the applicable law, to then analyze the above mentioned resolution and try to give an answer to the question raised.
