Cuestiones actuales de la maternidad subrogada en España
Regulación vs. realidad
Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 04/2010

- Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado
- Numero: 04/2010
- Fecha: 2010-07-01
- ISSN: 0034-7922
- Páginas: 24 (41 - 64)
- Idioma: español (castellano)
- Editorial: Editorial Reus
- Palabras Clave:
filiación,
inscripción de los certificados de nacimiento,
interés del menor,
interés superior del niño,
maternidad subrogada,
técnicas de reproducción asistida
Cuestiones actuales de la maternidad subrogada en España
Regulación vs. realidad
Artículo publicado en: Revista de Derecho Privado 04/2010
Autor no determinado
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Esta aportación recoge la regulación de la maternidad de sustitución en España, en el artículo 10 de la Ley 14/2006 de Técnicas de Reproducción Humana Asistida, que establece la nulidad los contratos dirigidos a pactarla, así como la determinación de la maternidad por el parto y la paternidad mediante la aportación genética o, en su caso volitiva del varón que la consintió. Frente a ello, en la realidad española, matrimonios heterosexuales y homosexuales han recurrido a esta técnica en el extranjero, y han obtenido la inscripción de la filiación de los nacidos respecto del matrimonio español. Por ello, se plantea un posible fraude de ley. Algunos grupos de médicos y personas que solicitan estas técnicas también plantean una posible reforma legal dirigida a permitir su realización en España.
I. PLANTEAMIENTO.
II. ADMISIBILIDAD.
III. REGULACIÓN.
1. Rechazo de la maternidad de sustitución.
2. Sanción civil: Nulidad del contrato de maternidad de sustitución.
3. Sanciones penales.
4. Otras sanciones.
5. Determinación de la maternidad del hijo ya nacido.
6. Problemas de determinación de la paternidad.
IV. SITUACIÓN REAL EN ESPAÑA.
1. Determinación de la filiación de nacidos de parejas heterosexuales españolas que solicitan maternidad de sustitución.
2. Determinación de la paternidad respecto de dos varones casados que solicitan maternidad de sustitución.
3. Referencia a la regulación específica de la relación entre el nacido y dos mujeres casadas entre sí.
V. POSIBLE EVOLUCIÓN DE NUESTRO DERECHO.
VI. CONCLUSIÓN.