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Artículo publicado en : Revista de Derecho Privado
Numero: 05/2009
Fecha: 2009-09-01
ISSN: 0034-7922
Páginas: 34 (33 - 66)
Idioma: español (castellano)
Editorial:Editorial Reus
Como consecuencia de la proliferación de una serie de normas autonómicas reguladoras de los alojamientos turísticos extrahoteleros, surge en la actualidad el problema de la diferenciación entre tales figuras contractuales y el arrendamiento de temporada propiamente dicho, distinción sumamente trascendente, habida cuenta de lo alejados que están los regímenes jurídicos aplicables a unos y otros.
I. EL PUNTO DE PARTIDA: LA REGULACIÓN CIVIL DEL ARRENDAMIENTO DE TEMPORADA.
II. LA IMPORTANCIA DE LA DISTINCIÓN: DIFERENCIAS ENTRE LOS REGÍMENES LEGALES APLICABLES A LOS ARRENDAMIENTOS DE TEMPORADA Y A LOS ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS VACACIONALES.
1. Los arrendamientos de temporada.
2. Los alojamientos turísticos vacacionales.
2.1. CCAA sin normativa pro- pia.
2.2. CCAA con disposiciones específicas.
2.3 Una valoración de conjunto.
III. ELEMENTOS PARA ESTABLECER LA DIFERENCIACIÓN ENTRE LOS ARRENDAMIENTOS DE TEMPORADA Y LOS ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS EXTRAHOTELEROS.
En los más de veinticinco años que lleva dedicada a la universidad, ha compaginado su labor investigadora al frente de diversos proyectos sobre contratos y Derecho de familia, con las tareas propiamente docentes.