La Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, de reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, trata de solucionar la crónica saturación y retraso en la resolución de recursos que aqueja al Tribunal Constitucional español. De entre las muchas modificaciones destaca la reforma del trámite de admisión del recurso de amparo, vertebrado ahora por un tenor positivo y objetivo en la línea de jurisdicciones constitucionales de referencia como el Tribunal Supremo Federal de los Estados Unidos de América y el Tribunal Constitucional Federal alemán. Ambas experiencias jurisdiccionales constituyen un cualificado referente para un desarrollo del nuevo trámite de admisión del recurso de amparo que aspire a contribuir a la descarga del Tribunal Constitucional y a la reordenación de su tiempo y de sus recursos conforme a la importancia de los asuntos planteados. Tomando en cuenta los principales aciertos y advirtiendo de los riesgos y errores de ambas experiencias, sin perder de vista las particularidades de nuestro ordenamiento jurídico, la presente obra propone un trámite de admisión que permita al Tribunal Constitucional centrarse en los casos con especial trascendencia constitucional con un procedimiento ágil y fluido.
El presente trabajo, sinopsis de la tesis doctoral del autor, está dirigido no sólo al ámbito académico en materias de Derecho Constitucional, Procesal Constitucional y Derecho Comparado, sino también a la práctica forense, ya que el desarrollo propuesto tiene una clara aplicación práctica en la elaboración de recursos de amparo.
Introducción
Abreviaturas
PARTE PRIMERA
LA SITUACIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PREVIA A LA L.O. 6/2007 DE 24 DE MAYO Y LA ADMISIÓN A TRÁMITE DEL RECURSO DE AMPARO COMO ELEMENTO CLAVE
INTRODUCCIÓN AL TRÁMITE DE ADMISIÓN DEL RECURSO DE AMPARO
1)ESTADO DE LA CUESTIÓN Y DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN
1.1) La situación en cifras
1.2) Causas de la avalancha de recursos de amparo y acumulación de asuntos ante el Tribunal Constitucional
1.2.A) Causas de origen legislativo
1.2.A.1) Insuficiente protagonismo de la jurisdicción ordinaria en la defensa de los derechos fundamentales: mejorable desarrollo del art. 53.2 CE.
1.2.A.2) La deficiente regulación del recurso de amparo por la LOTC
1.2.B) Causas de origen jurisprudencial: la interpretación extensiva del Tribunal Constitucional sobre la institución del recurso de amparo constitucional
1.2.B.1) Ampliación del contenido del art. 24 CE: constitucionalización del Derecho Procesal a través del art. 24 CE
1.2.B.2)Ampliación del contenido de otros derechos
1.2.B.3)Ampliación de la legitimación pasiva
1.3) Diagnóstico de la situación y trámite de admisión del recurso de amparo como nudo gordiano de la cuestión
2)SOLUCIONES PROPUESTAS A ESTA "CRISIS FUNCIO-
NAL"
2.A) Propuestas previas a la interposición de un recurso de amparo constitucional o ajenas a la institución misma del recurso de amparo constitucional
2.A.1) Desarrollo legal adecuado del recurso de amparo judicial previsto en el art. 53.2 CE
2.A.2) Establecer un recurso previo a la jurisdicción constitucional para las vulneraciones de las garantías procesales del art. 24 CE
2.B) Propuestas aplicables al procedimiento del recurso de amparo constitucional o que afectan a la institución misma del recurso de amparo constitucional
2.B.1) Autocontrol de la jurisdicción del Tribunal Constitucional, especialmente en relación con la jurisprudencia del art. 24 CE
2.B.2) Eliminación del recurso de amparo constitucional
2.B.3) Atajar la interposición misma de las demandas de am-paro
2.B.3.1) Restringir la legitimación activa para el planteamiento del recurso de amparo constitucional
2.B.3.2) Restringir el ámbito objetivo del recurso de amparo constitucional excluyendo algún derecho fundamental de su ámbito, en especial las garantías procesales contenidas en el art. 24 CE, o la igualdad ante la ley del art. 14 CE
2.B.3.3) Reducir el objeto del recurso de amparo constitucional
2.B.4) El trámite de admisión del recurso de amparo: agilizar la inadmisión o restringir duramente la admisión
2.B.4.1) Medidas para agilizar el trámite de admisión y especialmente la inadmisión de los recursos de amparo constitucional
2.B.4.2) Interposición de filtros en la admisión de las demandas de amparo: Seleccionar lo importante y el debate en torno a cómo hacerlo
a)Planteamiento
b) Admisión discrecional de las demandas de amparo: modelo inspirado en el writ of certiorari estadounidense y en la propuesta de la Comisión Benda alemana
c) Modelos mixtos
d) El modelo de admisión alemán: la mal llamada objetivación del recurso de amparo o trascendentalización de sus criterios de admisión
d.1) Punto de partida: Imposibilidad constitucional de reducir el recurso de amparo a su función objetiva
d.2) Reflexiones sobre cómo detectar los recursos de amparo relevantes teniendo en cuenta su función tanto objetiva como sujetiva. La inadecuada etiqueta de "objetivación" del recurso de amparo
d.3) Fórmulas procesales para identificar recursos de amparo trascendentales: margen de libertad para el Tribunal Constitucional
CONCLUSIONES Y PLANTEAMIENTO DEL NUEVO TRÁMITE DE ADMISIÓN DEL RECURSO DE AMPARO
PARTE SEGUNDA
PROPUESTA DE DESARROLLO DEL NUEVO TRÁMITE DE ADMISIÓN INTRODUCIDO POR LA L.O. 6/2007, DE 24 DE MAYO. TRES PASOS PARA OPTIMIZAR EL FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL: ADMISIÓN EN POSITIVO, CONCEPTO DE "ESPECIAL TRASCENDENCIA CONSTITUCIONAL" Y TRAMITACIÓN INTERNA DE LOS RECURSOS
PLANTEAMIENTO: TRES PASOS PARA OPTIMIZAR EL FUNCIONAMIENTO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
A) LA LEY ORGÁNICA 6/2007 DE 24 DE MAYO, DE REFORMA DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL: PRINCIPALES NOVEDADES Y EL NUEVO TRÁMITE DE ADMISIÓN DEL RECURSO DE AMPARO
A.1) PRINCIPALES NOVEDADES DE LA LEY ORGÁNICA 6/2007, DE 24 DE MAYO
A.2) NOVEDADES EN LA REGULACIÓN DEL RECURSO DE AMPARO Y SU TRÁMITE DE ADMISIÓN. LA EXPERIENCIA ALEMANA COMO REFERENTE. SEMEJANZAS Y DIVERGENCIAS
B) PRIMER PASO: ADMISIÓN DEL RECURSO DE AMPARO EN POSITIVO Y SU DESARROLLO. ASPECTOS PROCESALES
B.1) ADMISIÓN DEL RECURSO DE AMPARO EN POSITIVO: ARTÍCULOS 49 y 50 LOTC
B.1.1) Dos modificaciones capitales del trámite de admisión
B.1.2) El desarrollo del trámite de admisión en positivo a partir de las experiencias del Tribunal Supremo Federal de los EE.UU de América y del BVerfG
B.1.3) Conclusiones
B.2) ADMISIÓN PARCIAL
B.3) INADMISIÓN POR PROVIDENCIA: ART. 50.3 LOTC
B.4) LA LEY ORGÁNICA 6/2007 DE REFORMA DE LA LOTC NO ESTABLECE UN SISTEMA DE ADMISIÓN DISCRECIONAL DE LOS RECURSOS DE AMPARO
B.4.a) El caso alemán y la Comisión de Descarga del BVerfG (Entlastungskommission) o Comisión Benda
B.4.a.1)Discusión doctrinal
B.4.a.2) Propuesta de la admisión discrecional de la Verfassungsbeschwerde por el Informe de la Comisión de Descarga del BVerfG (Entlastungskommission)
B.4.b) El caso estadounidense: el writ of certiorari, y las técnicas de "percolation" y "good vehicle"
B.4.c) La admisión reglada del recurso de amparo constitucional
C) SEGUNDO PASO: EL CONCEPTO DE "ESPECIAL TRASCENDENCIA CONSTITUCIONAL": CRITERIO ESENCIAL PARA LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL
C.1) TRÁMITE PARLAMENTARIO DEL CRITERIO DE LA "ESPECIAL TRASCENDENCIA CONSTITUCIONAL"
C.2) LA ESTÉRIL APORTACIÓN DE LA EXPERIENCIA INADMISORIA ESPAÑOLA Y DEL CRITERIO "CARENCIA MANIFIESTA DE CONTENIDO" DE LA LOTC 1979 Y 1988
C.2.1) La "carencia manifiesta de contenido" prevista en el art. 50.2.b) LOTC 1979
C.2.1.a)Fundamento, función y significado
C.2.1.b)Características
C.2.2) La "carencia manifiesta de contenido" tras la LO 6/1988, de 6 de junio, de Reforma de la LOTC, art. 50.1.c) LOTC 1988
C.2.2.a) La protagonista función subjetiva del recurso de amparo en el criterio de "carencia manifiesta
de contenido" [art. 50.1.c) LOTC]
C.2.2.b) La inexistente función objetiva del recurso de amparo en el criterio de "carencia manifiesta
de contenido" [art. 50.1.c) LOTC]. Errores de concepto
C.3) ASPECTOS MATERIALES. EL DESARROLLO DEL CONCEPTO DE "ESPECIAL TRASCENDENCIA CONSTITUCIONAL"
C.3.1) El criterio de la importancia del caso en la experiencia del Tribunal Supremo Federal de los Estados Unidos de América. Aportaciones y advertencias para el nuevo trámite de admisión del recurso de amparo constitucional
C.3.2) Propuesta de desarrollo del concepto de especial trascendencia constitucional
C.3.2.a)Planteamiento
C.3.2.b) Especial trascendencia constitucional teniendo en cuenta la importancia para la interpretación de la Constitución y para la determinación del contenido y alcance de los derechos fundamentales: art. 50.1.b) primer y tercer criterio hermenéutico
1) Una cuestión tiene "trascendencia constitucional" porque hay serias dudas sobre cómo darle respuesta o cómo debe ser resuelta
2) Exigencia de "especialidad" para la "trascendencia constitucional": en la clarificación de la cuestión constitucional suscitada han de producirse intereses que trasciendan el caso concreto
2.1) Trascendencia social colectiva del caso o de la cuestión constitucional
2.2) Trascendencia del caso o de la cuestión constitucional en el ámbito jurídico
C.3.2.c) Especial trascendencia constitucional teniendo en cuenta la importancia para la aplicación o general eficacia de la Constitución: art. 50.1.b) LOTC, segundo criterio hermenéutico
1) El § 93.a.2.b) BVerfGG y su aplicación por parte del BVerfG. Concepto de "admisión para hacer eficaces los derechos fundamentales", acentuación de la función objetiva de la Verfassungsbeschwerde y protección de una cultura de derechos fundamentales objetivos en los poderes públicos: principales aportaciones para el caso español
2) Desarrollo del concepto "especial trascendencia constitucional para la aplicación o general eficacia de la Constitución" a partir de la experiencia alemana
3) Exigencia de "especialidad" para la "trascendencia constitucional": efectividad de la protección del derecho fundamental y de la norma constitucional como principio constitucional objetivo
C.3.2.d) La función subjetiva del recurso de amparo como criterio de admisión
1) La "especial trascendencia constitucional" debería incluir la función subjetiva del recurso de amparo. Las experiencias del Tribunal Supremo Federal de los EE.UU. de América y del BVerfG
2) Concepto y características de "consternación existencial" como elemento integrante del criterio de "especial trascendencia constitucional"
3) Exigencia de "especialidad" para la "trascendencia constitucional": no cualquier vulneración de un derecho fundamental satisface el requisito del art. 50.1.b) LOTC
D) TERCER PASO: TRAMITACIÓN INTERNA DE LOS RECURSOS DE AMPARO
1)PLANTEAMIENTO
2) EL TRABAJO PREVIO A LA DECISIÓN JUDICIAL SOBRE LA ADMISIÓN DE LAS "AUTORIDADES AUXILIARES DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL"
2.1) El Tribunal Constitucional: las Secretarías de Justicia y su capacidad para inadmitir recursos que adolezcan de defectos subsanables. Descripción legislativa de una práctica ordinaria: arts. 49.4 y 50.4 LOTC
2.2) Proceso interno en la selección de las demandas por el Tribunal Supremo Federal de los Estados Unidos de América y el sistema de certiorari pools
2.3) El Bundesverfassungsgericht y su Registro General (Allgemeines Register)
3)PROPUESTA DE DESARROLLO
E) BREVE EVALUACIÓN APRIORÍSTICA POR LA DOCTRINA SOBRE EL NUEVO TRÁMITE DE ADMISIÓN DEL RECURSO DE AMPARO
CONCLUSIONES
ANEXOS
ANEXO 1: PROCEDIMIENTO INTERNO DE ADMISIÓN A TRÁMITE DE UN RECURSO DE AMPARO EN EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. LOTC 2007
ANEXO 2: PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN A TRÁMITE DE LAS VERFASSUNGSBESCHWERDEN
ANEXO 3: PROCEDIMIENTO EN EL REGISTRO GENERAL DEL BVerfG DE LAS VERFASSUNGSBESCHWERDEN
ANEXO 4: PROCEDIMIENTO INTERNO GENERAL DE LOS WRITS OF CERTIORARI
ANEXO 5: PROCEDIMIENTO EN LA CERTIORARI POOL
ANEXO 6: EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ESPAÑOL EN CI-FRAS
ANEXO 7: EL BUNDESVERFASSUNGSGERICHT EN CIFRAS
ANEXO 8: CASOS TRIBUNAL SUPREMO FEDERAL ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
BIBLIOGRAFÍA
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Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Salamanca
Mario Hernández Ramos, doctor con mención Doctor europeus y premio extraordinario de Doctorado, es profesor del Área de Derecho Constitucional de la Universidad de Salamanca. Ha realizado estancias de investigación en las Universidades de Bristol ...