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El concepto de interés social en el Derecho societario español: Las teorías contractualistas e institucionalistas a debate

Capítulo publicado en: Estudios jurídicos en homenaje al profesor don José María Castán Vázquez

El concepto de interés social en el Derecho societario español: Las teorías contractualistas e institucionalistas a debate

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El concepto de interés social es la noción medular y fundamental del moderno derecho de sociedades porque es sobre el que se construye todo el marco institucional del contrato de sociedad y la configuración de los derechos y deberes de los socios y administradores. Por esta misma razón es también un concepto que ha sido largamente debatido y controvertido. En el presente trabajo se realiza una valoración crítica de los dos planteamientos teóricos doctrinales mayoritarios (contractualista e institucionalista) que han influido e informado a nuestra legislación societaria y a los tribunales desde los orígenes. Partiendo de la base de la problemática práctica e idiosincrasia concreta que presenta el mercado español (cuyo tejido empresarial son pymes y sociedades de carácter “cerrado”), este trabajo se propone contribuir a la reflexión de una teoría ecléctica y alternativa que armonice algunos planteamientos de las dos teorías dominantes sobre el interés social de modo que puedan satisfacerse mejor las necesidades y objetivos de las sociedades de capital.

I. Consideraciones preliminares.

II. Teorías sobre el concepto de interés social.

II.1. El interés social en la teoría contractualista. 

II.2. El interés social en la teoría institucionalista.

III. Valoración crítica de ambas teorías. 

III.1. Crítica a la teoría institucionalista. 

III.2. Crítica a la teoría contractualista.

IV. Conclusión: Hacia una teoría ecléctica sobre el interés social.

V. Bibliografía.