- Capítulo publicado en la obra: Derecho Administrativo e integración europea
- ISBN: 9788429019421
- Páginas: 22 (147 - 168)
- Idioma:
español (castellano)
- Nº de capítulo: 6
- Editorial: Editorial Reus
- Palabras Clave:
legitimación activa,
recurso de nulidad,
tratado de lisboa,
tribunal de justicia de las comunidad europea
Capítulo publicado en: Derecho Administrativo e integración europea
El Tratado de Lisboa y la legitimación activa en el recurso de anulación UE
Los artículos 173 TCEE (1958), 173 y 230 TCE en las versiones de Ámsterdam (1999) y Niza (2003) y 263 TFUE (2009), reconocieron a los Estados miembros y a las Instituciones comunitarias la legitimación para interponer el recurso de anulación con carácter general privilegiado, por no serles necesaria la acreditación, de cualquier tipo de interés o afección, que no fuera la defensa del orden comunitario supuestamente violado por los actos impugnados. Limitada para el Parlamento y el Banco Central Europea en cuanto a la salvaguarda de sus prerrogativas. Las regiones no la tenían reconocida como demandantes privilegiados. El sistema de recursos se basa en el principio de “equilibrio institucional” entre las instituciones y los intereses general europeo, de los Estados miembros y de los ciudadanos, que inspira el orden comunitario, que configura un “nuevo orden jurídico de derecho internacional”.
I. EL TRATADO DE LISBOA Y EL TRIBUNAL DE JUSTICIA UE
II. LA LEGITIMACIÓN ACTIVA EN EL RECURSO DE NULIDAD
2.1. Actos de afección directa e individual
2.2. Actos reglamentarios de afección directa sin medidas de ejecución
III. CONCLUSIÓN