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Ámbito subjetivo

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La Directiva Comunitaria 2000/31/CE y la LSSICE establecen que los sujetos de la relación negocial en los servicios de la sociedad de la información son, de un lado, el prestador del servicio y, de otro, el destinatario del servicio. Se ha criticado la imprecisión de ambas denominaciones.

1. LOS SUJETOS DE LA RELACIÓN NEGOCIAL

2. PROTECCIÓN DE LOS INTERESES DEL DESTINATARIO CONSUMIDOR

2.1. Dificultades para concretar una noción de consumidor

2.2. Concepto de consumidor en el ordenamiento jurídico comunitario

2.3. Noción de consumidor en el ordenamiento jurídico español

3. EL PRESTADOR DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

3.1. Caracterización

3.2. Principios que inspiran su actuación

3.3. Obligaciones de los prestadores de los servicios de la sociedad de la información

3.4. Régimen de responsabilidad