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La gestión indirecta del particular como agente urbanizador en los programas de actuaciones urbanizadoras

Capítulo publicado en: El agente urbanizador en el Derecho urbanístico español

La gestión indirecta del particular como agente urbanizador en los programas de actuaciones urbanizadoras

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Consideramos que la verdadera aportación de la gestión urbanística de las actuaciones urbanizadoras con agente urbanizador que inicia la LRAU no es en modo alguno, como se verá posteriormente, ni la gestión directa por la administración de estas actuaciones, puesto que difiere en poco de las actuaciones por el sistema de cooperación y expropiación de la legislación urbanística tradicional, ni tampoco el régimen de adjudicación preferente en cuanto conlleve la participación de los propietarios en la gestión del ámbito de desarrollo a través de una agrupación de interés urbanístico puesto que, en tal caso, tampoco difiere excesivamente de la gestión mediante una junta de compensación del sistema de compensación tradicional. 

1. Consideraciones generales.

2. Concepto de gestión indirecta por el agente urbanizador.

3. Régimen jurídico del agente urbanizador en la gestión indirecta.

4. Responsabilidad contractual y extracontractual del agente urbanizador derivada de la ejecución de los programas.

5. Relación de la administración con el agente urbanizador durante la gestión indirecta de los programas.