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Los intereses de demora en el proyecto de ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario

Capítulo publicado en: Los contratos de crédito inmobiliario

Los intereses de demora en el proyecto de ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario

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El Proyecto de Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario que sirve de base a la presente obra pretende la transposición en España, al menos parcialmente, de la Directiva 2014/17/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial y por la que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) nº 1093/2010. Dicha transposición tiene por finalidad la potenciación de la seguridad jurídica, la transparencia y el equilibrio entre las partes en los contratos de préstamo o crédito con garantía hipotecaria, para reforzar así el proceso de contratación y la ejecución de este tipo de operaciones. De entre las diferentes medidas contenidas en el citado Proyecto de Ley, este capítulo se centra exclusivamente en el estudio de la regulación que, respecto de los intereses de demora, se contiene en el artículo 23, con especial atención a dos elementos de la misma que se consideran relevantes: de un lado, la similitud que el precepto presenta con la dicción del artículo 114.3 de la Ley Hipotecaria, a pesar de los diferentes pronunciamientos judiciales que tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea han ido dictando a lo largo de los años, cuestionando al menos parcialmente la eficacia del precepto. Y de otro lado, su configuración imperativa, con los problemas que ello plantea a la hora de permitir controlar su abusividad, aspecto éste que la referida jurisprudencia ha venido manteniendo de forma constante en relación con la regulación del referido artículo 114.3.

1. Introducción.

2. El artículo 23 del Proyecto de Ley y sus relaciones con el artículo 114.3 de la Ley Hipotecaria.

2.1. El artículo 23 del Proyecto como transcripción (casi) literal del artículo 114.3 de la Ley Hipotecaria.

2.2. La interpretación del artículo 114.3 de la Ley Hipotecaria a la luz de la jurisprudencia europea.

2.3. La opinión del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado sobre la redacción del artículo 23 del Proyecto de Ley.

2.4. Críticas a la regulación del artículo 23 del Proyecto de Ley.

3. Los problemas derivados de la imperatividad del artículo 23 del Proyecto.

4. Conclusiones.