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La incidencia del Derecho de la Unión Europea en el Derecho administrativo español: la directiva de servicios en el sector turístico, con especial referencia a Castilla y León

Capítulo publicado en: Derecho Administrativo e integración europea

La incidencia del Derecho de la Unión Europea en el Derecho administrativo español: la directiva de servicios en el sector turístico, con especial referencia a Castilla y León

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El que hoy conocemos como Derecho de la Unión Europea ha supuesto y supone la modificación de prácticamente la totalidad de nuestro ordenamiento jurídico y, quizás, de manera singular del Derecho administrativo español. El concepto de Administración pública y de Derecho administrativo se ha visto, cuando menos, notablemente ampliado; nuevos principios como el de gobernanza o buena administración, por sólo citar alguno, han pasado a ser principios de nuestro Derecho tan familiares como el de legalidad o el de tipicidad de los actos administrativos; el procedimiento administrativo o, mejor dicho, los procedimientos administrativos como es el caso del procedimiento en materia de competencias o de ayudas del Estado se han visto modificados por las normas comunitarias; o, en fin, prácticamente todos los sectores de la actividad de la Administración también han experimentado el impacto del Derecho de la Unión Europea, desde la agricultura, el transporte o el comercio, por mencionar las políticas comunitarias más tradicionales, hasta las más recientes de la energía, la investigación, el desarrollo tecnológico y el espacio o el turismo, todos –en mayor o menor medida- han tenido que incorporar los mandatos contenidos en las reglas comunitarias.

I.- INTRODUCCIÓN

II.- EL SECTOR TURÍSTICO ¿POR QUÉ?

III.- LA DIRECTIVA 2006/123/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 12 DE DICIEMBRE DE 2006, RELATIVA A LOS SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR: UNA APRETADA SÍNTESIS

IV.- ALGUNAS NOTAS DEL RÉGIMEN JURÍDICO TURÍSTICO REGULADOR DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS ANTES DE LA DIRECTIVA DE SERVICIOS

V.- LA TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA DE SERVICIOS AL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL Y, MÁS EN CONCRETO, SU TRANSPOSICIÓN POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN

VI.- LAS MEDIDAS CONTENIDAS EN LA NORMA DE TRANSPOSICIÓN EN EL SECTOR TURÍSTICO DE CASTILLA Y LEÓN

VII.- LA LEY 14/2010, DE 9 DE DICIEMBRE, DE TURISMO DE CASTILLA Y LEÓN: SU ADECUACIÓN PLENA A LA DIRECTIVA DE SERVICIOS

VIII.- VALORACIÓN CRÍTICA Y CRÍTICA A LA CRÍTICA