
- Capítulo publicado en la obra: Derecho Administrativo e integración europea
- ISBN: 9788429019421
- Páginas: 20 (471 - 490)
- Idioma:
español (castellano)
- Nº de capítulo: 26
- Editorial: Editorial Reus
- Palabras Clave:
ley 39/2015,
ley 40/2015,
régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común,
régimen jurídico del sector público
Capítulo publicado en: Derecho Administrativo e integración europea
Consideraciones críticas a propósito de los planteamientos generales de las leyes 39 y 40 de 2015 y el procedimiento seguido para su elaboración
Análisis de los tres ejes que posibilitan tratar cuestiones de plena actualidad del Derecho administrativo y/o de la Administración Pública. Indirectamente, por cuanto no aborda, en propiedad, una concreta cuestión ya referida a la organización de la Administración, ni al régimen jurídico de la misma o a las garantías de su sujeción a la legalidad, sino que tiene como objetivo reflexionar en torno a aspectos generales relativos a la nueva legislación que, esencialmente, se encarga de regular a nivel básico tanto la actuación de aquella (la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC) como su organización (Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en adelante, LRJSP).
I. PRESENTACIÓN
II. LAS RAZONES QUE FUNDAMENTAN LA NECESIDAD DE LA REFORMA CONFORME A LOS NUEVOS CRITERIOS
III. LAS FORMAS EN LA ELABORACIÓN Y TRAMITACIÓN DE LAS NUEVAS LEYES
IV. LAS ALTERNATIVAS VALORADAS POR EL GOBIERNO PARA SUSTITUIR LA NORMATIVA PREVIA
V. LAS PRINCIPALES OBJECIONES DEBIDAS A LOS PLANTEAMIENTOS GENERALES QUE IDENTIFICAN EL OBJETO ESENCIAL DE LA
REFORMA
1. Las consecuencias para la debida separación de lo básico, a partir de los títulos competenciales estatales
2. Los efectos de una regulación separada de los aspectos sustantivos y procedimentales de la potestad sancionadora y de la responsabilidad patrimonial
3. La particular problemática que suscita la regulación de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria
VI. NOTA FINAL