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El futuro de los entrenadores desde la perspectiva del derecho de la competencia

Capítulo publicado en: Derecho del fútbol: presente y futuro

El futuro de los entrenadores desde la perspectiva del derecho de la competencia

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"El legislador español comenzó a interesarse por la formación de titulados deportivos, más allá de la exigencia prevista para acceder a la condición de maestro o profesor de educación física en la enseñanza reglada, en la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del deporte.

Tres desarrollos reglamentarios principales, a través de otros tantos Reales Decretos, ha tenido el artículo 55 de la Ley 10/1990, cuya fundamentación y orientación resulta conveniente, casi necesario, conocer, antes de introducirnos en el último apartado de este trabajo". (Extracto)

I. INTRODUCCIÓN

II. SITUACIÓN ACTUAL: FORMACIONES FEDERATIVAS VS. TITULACIONES DEPORTIVAS

A. La Ley 13/1980

B. La Ley 10/1990

C. El desarrollo reglamentario de la Ley 10/1990

D. Las actuaciones normativas unilaterales de las Comunidades Autónomas en materia de regulación de las profesiones del deporte

III. EL INFORME 0001/15 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA

B. Consideraciones específicas sobre el objeto del Informe

1. Proporcionalidad de las cuotas exigidas por las federaciones para expedir la licencia de entrenador

2. Cuantía e igualdad en el cobro de las cuotas

3. Negativa a homologar los títulos de técnico deportivo para poder ejercer como entrenador fuera de España (Licencia UEFA)

C. Otras consideraciones

1. Replanteamiento de las limitaciones de acceso a la profesión

2. Replanteamiento de la habilitación del artículo 55 de la Ley 10/1990

3. Replanteamiento de la necesidad de contar con licencia federativa

4. Replanteamiento de los condicionantes para poder cursar las enseñanzas y expedir titulaciones

5. Replanteamiento del papel de las federaciones como formadoras

D. Conclusión final

III. CONCLUSIONES