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La autoría plural de la obra cinematográfica

Capítulo publicado en: Obras originales de autoría plural

La autoría plural de la obra cinematográfica

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"Mientras que otras obras originales pueden surgir, ser debidas al poder creador de una sola persona, ello parece muy difícil, cuando no imposible, respecto de las obras cinematográficas, obras integradas por imágenes en movimiento, dotadas de un ritmo, que cuentan una historia, reflejada en cosas y seres que se mueven y actúan en escenarios, convenientemente vestidos y maquillados, arropados, las más de las veces, por músicas y efectos especiales.

Todos los ingredientes dichos tienen que ver con gentes de ingenio, que trabajan juntas y tienen roles y aportaciones distintas, que se conjugan y ensamblan en una obra única, compleja y coral, por mucho que, en ocasiones, haya seres excepcionales, como Chaplin o Eastwood, que sean capaces de escribir el guión y la música de la película que dirigen y en la que interpretan el papel protagonista, haciendo, así, ellos solos y a la vez, lo que varias personas suelen hacer por separado". (Extracto)

1. La obra cinematográfica como obra de autoría plural.

2. Los autores de las obras cinematográficas en la Ley de Propiedad Intelectual; el artículo 87 de la misma. Director-realizador, guionista y músicos.

3. Autorías discutidas. Fotógrafos, intérpretes y montadores.

4. La figura del productor.

5. A modo de colofón agridulce: la autoría en la nueva Ley 55/2007, del Cine.