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Promoción y urbanización en la nueva Ley del Suelo

Capítulo publicado en: Ordenación del territorio y urbanismo

Promoción y urbanización en la nueva Ley del Suelo

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Comentario al artículo 6 de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo. 

El artículo 6 de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo, bajo el rótulo «iniciativa privada en la urbanización y la construcción o edificación», prevé tres derechos con el común denominador de la iniciativa privada: el derecho de iniciativa para ejecutar la urbanización o derecho a la urbanización, el derecho de consulta a las Administraciones competentes para fijar los términos de la urbanización, y el derecho del propietario a edificar.

I. Introducción.

II. El derecho a la urbanización:

1. La urbanización en el Derecho urbanístico español: del derecho preferente a la compensación al «agente urbanizador».

2. La iniciativa para la urbanización en la nueva Ley estatal del suelo de 2007.

3. El fundamento constitucional: la limitación de la propiedad. La concurrencia de la libertad de empresa.

4. La habilitación para urbanizar.

5. La situación marginal de los propietarios en la urbanización. El influjo en la legislación autonómica.

6. Status del promotor-urbanizador.

7. Conclusión. Dificultades competenciales.

III. El derecho de consulta a la Administración:

1. En la Ley estatal 6/1998, y en la legislación autonómica.

2. La consulta en la ley del suelo 8/2007: un contexto radicalmente distinto.

IV. Conclusiones.