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Consideraciones sobre la creciente interconexión de los ordenamientos jurídicos del suelo y del agua

Capítulo publicado en: Ordenación del territorio y urbanismo

Consideraciones sobre la creciente interconexión de los ordenamientos jurídicos del suelo y del agua

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El tratamiento jurídico de los recursos naturales trata de cohonestar dos concepciones contrapuestas sobre cuál es el papel que estos juegan en nuestra sociedad. Por una parte se encuentra la idea del agua y del suelo como fuentes de riqueza en sus aplicaciones urbanísticas agrícolas, industriales y turísticas. Por otra, se abre camino lentamente otro concepto diferente, el del agua y el suelo como recursos naturales necesitados de protección y conservación. En relación con el suelo, las ciencias naturales han claramente establecido su carácter de recurso natural escaso que cumple insustituibles funciones esenciales para el mantenimiento de los ciclos básicos de la naturaleza —afirmación que, en esta formulación elemental y de principio, no se encuentra sometida a ningún tipo de controversia—.

El mundo jurídico, sin embargo, ha venido considerando el suelo como realidad extrajurídica desde el punto de vista de su protección y conservación y como mero soporte físico de la actividad urbanística y, también, como espacio en el que se desarrollan otro tipo de actividades. Como se sabe, sólo recientemente el Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, regula las actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para su declaración como «suelo contaminado».

I. Introducción: reflexiones sobre el tratamiento jurídico de los recursos naturales.

II. Algunas muestras recientes de la creciente interconexión de los ordenamientos jurídicos del agua y el suelo:

1. La Estrategia comunitaria para la protección del suelo.

2. El nuevo Reglamento de Planificación Hidrológica.

III. La vinculación de la actividad urbanística con la protección ambiental: a propósito de la consideración del suelo como recurso natural en la Ley 8/2007.

IV. La exigencia de gestión integral del agua como causa de la interacción de su régimen jurídico con los de otros sectores de intervención pública.

V. Un breve acercamiento a una delicada cuestión: el necesario reforzamiento de la técnica de planificación en el Derecho Administrativo.

VI. Conclusiones.