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Sociedades capitalistas: conflicto de intereses, derecho de voto y deber de abstención


Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 04/2017


Sociedades capitalistas: conflicto de intereses, derecho de voto y deber de abstención

Sociedades capitalistas: conflicto de intereses, derecho de voto y deber de abstención


Artículo publicado en: Revista General de Legislación y Jurisprudencia 04/2017


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En las sociedades capitalistas pueden ejecutarse ciertas operaciones societarias y adoptarse determinados acuerdos que, en algunos contextos, pueden provocar situaciones de conflictos de intereses: los propios de uno o de varios socios —intereses personales, particulares— y los de la sociedad (interés social). En estos escenarios de oposición de intereses, el artículo 190 de la Ley de Sociedades de Capital impide al socio de una limitada y al accionista de una anónima— tras la promulgación de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo— el ejercicio de su derecho de voto imponiéndoles un deber de abstención. Con el objeto de estudiar el fundamento y el alcance de este deber de abstención se redacta el presente estudio. Para ello se ofrecen pautas interpretativas y consideraciones críticas de diferentes temas y así se analizan, entre otros, los siguientes: las diferencias entre el capital de control y el capital de ahorro, la separación entre el control y la propiedad y las teorías institucionalista y contractualista de la empresa.

I. Planteamiento e introducción.

II. El artículo 190 de la Ley de sociedades de capital. 

III. El deber de abstención: fundamento y alcance: 

1. Fundamento.

2. Capital de control contra capital de ahorro.

3. Disociación entre el control y la propiedad: 

3.1. Delimitación.

3.2 Precedentes.

3.3 Teoría institucionalista contra teoría contractualista de la empresa.

3.4. La disociación entre el control y la propiedad. 

4. Alcance.

IV. Epílogo.